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DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXVI. N. 44250. 6, DICIEMBRE, 2000. PÁG. 8.

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 224 DE 2000

(diciembre 06)

por la cual se define la primera conformación del Consejo Nacional de Operación de Gas Natural, CNO

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


El Subdirector de Planeación Energética de la Unidad de Planeación Minero Energética, 

  

en ejercicio de las facultades legales y en especial de las conferidas por el Ministerio de Minas y Energía, 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que mediante el artículo 4° de la Ley 401 de 1997 se crea el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural, CON, como cuerpo asesor del Centro de Coordinación de Transporte de Gas Natural, CTG, el cual tendrá como función hacer recomendaciones que busquen que la operación integrada del Sistema Nacional de Transporte de Gas Natural sea segura, confiable y económica; 

  

Que de conformidad con el artículo 1° del Decreto 1175 de 1999 se establece que el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural, CON, cumplirá las funciones de asesoría de conformidad con lo establecido en el Reglamento Unico de Transporte; 

  

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, mediante Resolución 071 de 1999 expidió el Reglamento Unico de Transporte, en el cual se establecen las funciones que debe cumplir el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural, CNO, y las definiciones que deben ser tenidas en cuenta para efectos del mismo; 

  

Que mediante Decreto 2225 de 2000 el Ministerio de Minas y Energía reglamenta el artículo 5° de la Ley 401 de 1997, y delega a la UPME la facultad de determinar los participantes que integran el CNO; 

  

Que el parágrafo del artículo 5° del Decreto 2225 de 2000 estipula que la UPME determinará las participaciones de los representantes que conformarán el primer CNO dentro de los treinta (30) días siguientes a la expedición de este decreto; 

  

Que el artículo 7° del referido decreto definió las participaciones estableciendo que la UPME con base en las cifras de producción, demanda, y capacidad del año inmediatamente anterior comprendido entro el 1° de enero y el 31 de diciembre, determinará la participación de los miembros representantes ante el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural, CNO; 

  

Que por delegación expresa del Ministro de Minas y Energía mediante Oficio número 42932 del 6 de diciembre de 2000, se designó al doctor Arcenio Torres Arias para proceder a expedir la presente resolución; 

  

En mérito de lo anterior, 

  

RESUELVE: 

  


Artículo 1°. Establecer los representantes por parte de los productores, remitentes y transportadores de gas natural, ante el Consejo Nacional de Operación de Gas Natural, CNO: 

 

 


Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Publíquese, comuníquese y cúmplase. 

  

Dada en Bogotá, D. C., a 6 de diciembre de 2000. 

  

El Subdirector de Planeación Energética, 

  

Arcenio Torres Arias.