DIARIO OFICIAL. AÑO CXLVIII. N. 48440. 24, MAYO, 2012. PÁG. 73.
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RESOLUCIÓN 510-002794 DE 2012
(mayo 24)
por la cual se adoptan medidas transitorias para implementar el Decreto número 1023 del 18 de mayo de 2012
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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El Superintendente de Sociedades,
en uso de sus atribuciones legales, y en especial las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 15 y 20 del artículo 8° del Decreto número 1023 del 18 de mayo de 2012, y
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante Decreto número 1023 de 18 de mayo de 2012, se modificó la estructura de la Superintendencia de Sociedades, y en el artículo 6° del mismo se estableció la siguiente estructura:
1. Despacho del Superintendente de Sociedades.
1.1 Oficina Asesora de Planeación.
1.2 Oficina de Control Interno.
1.3 Oficina Asesora Jurídica.
1.4 Dirección de Informática y Desarrollo.
2. Delegatura de Asuntos Económicos y Contables.
3. Delegatura de Inspección, Vigilancia y Control.
3.1 Dirección de Supervisión de Sociedades.
3.2 Dirección de Supervisión de Asuntos Especiales y Empresariales.
4. Delegatura de Procedimientos de Insolvencia.
5. Delegatura de Procedimientos Mercantiles.
6. Secretaría General.
6.1 Subdirección Administrativa.
6.2 Subdirección Financiera.
7. Intendencias Regionales.
8. Órganos de Asesoría y Coordinación.
8.1 Comité de Gerencia.
8.2 Comité de Selección de Especialistas.
8.3 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno.
8.4 Comisión de Personal.
8.5 Comité de Conciliación y Defensa Judicial.
Segundo. Que el artículo 30 del Decreto número 1023 de 2012 derogó el Decreto número 1080 de 1996, y entró a regir el día 18 de mayo de 2012, fecha de su publicación en el Diario Oficial número 48.434 de 2012.
Tercero. Que mediante Decreto número 1024 de 2012 se modificó la planta de personal de la Superintendencia de Sociedades, norma que según lo establecido en su artículo 7°, entrará a regir a partir del 19 de junio de 2012.
Cuarto. Que de conformidad con el artículo 8° del Decreto número 1023 de 2012, son funciones del Superintendente de Sociedades, entre otras:
"(…)
15. Expedir los actos administrativos que le corresponden como Jefe del Organismo;
(…)
20. Asignar, reasignar y distribuir las competencias de las distintas dependencias de la Superintendencia para el mejor desempeño en la prestación del servicio;
(…)"
Además, según los parágrafos 1 y 2 de la misma norma:
"Parágrafo 1°. Todas las funciones administrativas no asignadas de manera explícita por la ley o los reglamentos a una dependencia o funcionario específico de la Superintendencia de Sociedades, corresponden al Superintendente.
Parágrafo 2°. Las funciones asignadas a las Delegaturas, Direcciones y Oficinas y cualquier otra dependencia, podrán ser ejercidas en cualquier tiempo por el Superintendente de Sociedades".
Quinto. Que hasta el momento en que entre a regir el Decreto número 1024 de 2012, la Superintendencia de Sociedades no cuenta con los empleos de Superintendente Delegado, Director, Subdirector Administrativo y Jefe de Oficina Asesora, para que ejerzan las funciones correspondientes a la Delegatura de Procedimientos Mercantiles, Delegatura de Asuntos Económicos y Contables, Dirección de Supervisión de Sociedades, Dirección de Supervisión de Asuntos Especiales y Empresariales, Subdirección Administrativa, Subdirección Financiera y Oficina Asesora de Planeación.
Sexto. Como consecuencia de lo expuesto en el considerando anterior, a la fecha no existe un acto administrativo que asigne de manera explícita a un servidor público del nivel directivo las funciones administrativas correspondientes a la Subdirección Administrativa y la Subdirección Financiera, motivo por el cual las mismas son competencia del Superintendente de Sociedades, según lo dispuesto en el parágrafo 1° del artículo 8° del Decreto número 1023 de 2012.
Séptimo. Como consecuencia de lo expuesto en el considerando sexto de esta resolución, a la fecha no existe un acto administrativo que asigne de manera explícita a un servidor público del nivel asesor las funciones de dirección administrativas correspondientes a la Oficina Asesora de Planeación, motivo por el cual las mismas son competencia del Superintendente de Sociedades, según lo dispuesto en el parágrafo 1° del artículo 8° del Decreto número 1023 de 2012.
Octavo. Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, por medio de la cual se regula el ejercicio de la función administrativa, determina la estructura y define los principios y reglas básicas de organización y funcionamiento de la Administración Pública, en materia de delegación dispuso:
"Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
(…)
"sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, los representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa, podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente ley".
Parágrafo. Los representantes legales de las entidades descentralizadas podrán delegar funciones a ellas asignadas, de conformidad con los criterios establecidos en la presente ley, con los requisitos y en las condiciones que prevean los estatutos respectivos".
Noveno. Que es necesario adoptar las medidas necesarias para garantizar la aplicación del Decreto número 1023 de 2012, sin generar traumatismos en el ejercicio de las funciones asignadas a la Superintendencia de Sociedades y sus dependencias.
RESUELVE:
Artículo 1°. Adoptar medidas transitorias para garantizar la implementación del Decreto número 1023 del 18 de mayo de 2012, a partir de la fecha y hasta el momento en que se provean los empleos de Superintendente Delegado, Director, Subdirector Administrativo y Jefe de Oficina Asesora, para que ejerzan las funciones correspondientes a la Delegatura de Procedimientos Mercantiles, Delegatura de Asuntos Económicos y Contables, Dirección de Supervisión de Sociedades, Dirección de Supervisión de Asuntos Especiales y Empresariales, Subdirección Administrativa, Subdirección Financiera y Oficina Asesora de Planeación.
Artículo 2°. En virtud de lo establecido en el parágrafo 2° del artículo 8° del Decreto número 1023 de 2012, a partir de la fecha el Superintendente de Sociedades ejercerá las funciones correspondientes a la Delegatura de Procedimientos Mercantiles y la Delegatura de Asuntos Económicos y Contables.
Artículo 3°. Delegar en el Secretario General las funciones de dirección administrativa correspondientes a la Subdirección Financiera y la Subdirección administrativa de la Superintendencia de Sociedades.
Artículo 4°. Delegar en la doctora Nohora Beltrán Céspedes, identificada con la cédula de ciudadanía número 38259537, quien ocupa el cargo Asesor código 1020, grado 08, las funciones de dirección administrativa correspondientes a la Oficina Asesora de Planeación.
Artículo 5°. En ejercicio de la facultad contemplada en el parágrafo del artículo 15 del Decreto número 1023 de 2012, la Superintendente Delegada para Inspección, Vigilancia y Control dispondrá lo necesario para asumir las funciones asignadas a la Dirección de Supervisión de Sociedades y la Dirección de Supervisión de Asuntos Especiales y Empresariales.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Luis Guillermo Vélez Cabrera.
(C. F.).