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RESOLUCION500-11601997199706 script var date = new Date(25/06/1997); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXXIII. N. 43076. 4, JULIO, 1997. PÁG. 4.SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADESpor la cual se adiciona el otorgamiento de poderes para el ejercicio de la función de cobro por jurisdicción coactivaVigentefalsefalseComercio, Industria y Turismotruefalsefalse04/07/199704/07/19974307644

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXIII. N. 43076. 4, JULIO, 1997. PÁG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 500-1160 DE 1997

(junio 25)

por la cual se adiciona el otorgamiento de poderes para el ejercicio de la función de cobro por jurisdicción coactiva

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


El Superintendente de Sociedades, 

  

en uso de sus atribuciones legales, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Primero. Que el artículo 112 de la Ley 6ª de 1992, confirió competencia a las entidades del Orden Nacional, tales como Ministerios, Organismos Adscritos y Vinculados entre otros, para ejercer la jurisdicción coactiva y hacer efectivo los créditos exigibles a su favor de conformidad con lo dispuesto en los artículos 68 y 79 del Código Contencioso Administrativo. Para el efecto, la respectiva autoridad competente otorgará poderes a funcionarios abogados de cada entidad. 

  

Segundo. Que el Decreto 1080 de 1996 artículo 2° numeral 31, le otorgó facultades a la Superintendencia de Sociedades, para ejercer las funciones que en materia de jurisdicción coactiva le asigne la ley. 

  

Tercero. Que mediante Resolución número 2202 de 29 de noviembre de 1996 en su artículo primero, se conformó el Grupo de Cobro Persuasivo y Jurisdicción Coactiva, dependiente del área de la Secretaría General. 

  

Cuarto. Que mediante Resolución 500-498 del 9 de abril de 1997, se otorgó poderes en funcionarios abogados de la entidad, para adelantar los procedimientos de cobro por jurisdicción coactiva, de que trata la Ley 6ª de 1992. 

  

Quinto. Que es necesario otorgar poder al doctor Gustavo Rafael Serpa Jiménez, modificando así la resolución citada en el considerando anterior, 

  

RESUELVE: 

  


Artículo 1°. Modificar la Resolución número 500-498 del 9 de abril de 1997, en el sentido de otorgar poder para iniciar y adelantar procesos por jurisdicción coactiva, en Santa Fe de Bogotá, al doctor Gustavo Rafael Serpa Jiménez, con cédula de ciudadanía número 19132513 de Bogotá y tarjeta profesional número 51553 M. J. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y modifica la Resolución 500-458 del 9 de abril de 1997. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Publíquese y cúmplase. 

  

Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 25 de junio de 1997. 

  

El Superintendente de Sociedades, 

  

Darío Laguado Monsalve. 

(Cuenta de cobro)