DIARIO OFICIAL. AÑO CXXX. N. 41514. 26, AGOSTO, 1994. PÁG. 7.
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RESOLUCIÓN 430-1677 DE 1994
(agosto 09)
Por la cual se modifica la Resolución número 09615 del 25 de octubre de 1991.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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El Superintendente de Sociedades,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO:
Primero. Que de acuerdo con las normas legales vigentes, la Superintendencia de Sociedades mantiene las facultades de intervención de las personas naturales o jurídicas que desarrollan la actividad de enajenación de inmuebles destinados a vivienda, a través de la toma de posesión, cuando se den las causales previstas en el artículo 12 de la Ley 66 de 1968;
Segundo. Que en desarrollo de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley 003 de 1991, se expidió la Resolución número 09615 del 25 de octubre de 1991, que creó el fondo especial de que trata el artículo 42 arriba mencionado, destinado a financiar los procesos de administración y ejecución de los proyectos de vivienda intervenidos por el Gobierno Nacional.
Tercero. Que para la utilización y manejo de estos recursos se hace necesario adecuar la Resolución 09615 a la nueva estructura de la Superintendencia de Sociedades, según lo previsto en el Decreto 2155 de 1992, que reestructuró esta entidad,
RESUELVE:
Artículo 1°. Modificar el artículo tercero de la Resolución 09615 de 1991, el cual quedará así:
"Ordenador del gasto. La ordenación del gasto de este fondo estará en cabeza del ordenador de gasto de la Superintendencia de Sociedades".
Artículo 2°. Modificar el artículo cuarto de la Resolución 09615 de 1991, el cual quedará así:
"Manejo de la cuenta. Los dineros a que se refiere esta Resolución, cuyo depósito se efectúa en una cuenta a nombre de la Superintendencia de Sociedades, Fondo Especial, en una entidad bancaria o de ahorro de carácter oficial, será manejada por el tesorero de la entidad".
Artículo 3°. Modificar el artículo quinto de la Resolución 09615 de 1991, el cual queda así:
"Comité. La destinación de los dineros del fondo será decidida por un comité integrado por el Superintendente de Sociedades, o su delegado, el Superintendente Delegado para los procedimientos mercantiles, el ordenador del gasto y el jefe de la División de Intervenidas, dentro de los parámetros que fije el comité y siempre en beneficio de las comunidades perjudicadas".
Artículo 4°. Modificar el artículo sexto de la Resolución 09615 de 1991, en cual quedará así:
"Funciones. Son funciones de esté comité:
a) Aprobar el plan de inversiones y gastos;
b) Vigilar la correcta utilización de los dineros del fondo;
c) Autorizar la celebración de contratos;
d) Las demás que determine el Superintendente.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a 9 de agosto de 1994.
El Superintendente de Sociedades,
Sergio Quiroz Plazas.
(Cuenta de cobro)