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RESOLUCION84262007200712 script var date = new Date(05/12/2007); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLIII N.46840. 12, DICIEMBRE, 2007. PÁG. 16.SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTROpor la cual se establece el Grupo Interno de Trabajo de Estadísticas Registral y Notarial - Sistema de Información Estadística, SIE, adscrito a la Oficina Asesora de Planeación de la Superintendencia de Notariado y RegistroVigentefalsefalseJusticia y del Derechotruefalsefalse12/12/200705/12/2007468401616

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIII N.46840. 12, DICIEMBRE, 2007. PÁG. 16.

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 8426 DE 2007

(diciembre 05)

por la cual se establece el Grupo Interno de Trabajo de Estadísticas Registral y Notarial - Sistema de Información Estadística, SIE, adscrito a la Oficina Asesora de Planeación de la Superintendencia de Notariado y Registro

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


La Superintendente de Notariado y Registro, 

  

en ejercicio de las funciones establecidas en el Decreto 412 de 2007 artículo 12 numerales 2, 10 y artículo 13 numerales 1, 3, 4, 20, 21 y 28, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el Gobierno Nacional, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, reestructuró la Superintendencia de Notariado y Registro mediante el Decreto 412 de 15 de febrero de 2007; 

  

Que en desarrollo de la Ley 489 de 1998, las entidades del orden nacional están facultadas a través de su representante legal para crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de la entidad; En el acto administrativo de creación de estos grupos determinará las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su debido funcionamiento, conforme los incisos 2° y 3° del artículo 115 ibídem; 

  

Que el Decreto 2489 de 2006, relativo al sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones de la Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del Orden Nacional, en relación con los Grupos Internos de Trabajo, dispone en su artículo 8°: 

  

"Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se aplica el presente decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a cuatro (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, las cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente"; 

  

Que los grupos internos que al afecto sean conformados operarán con base en la modalidad de trabajo en equipo, para garantizar la productividad, metas y resultados del proceso, y actuarán comprometidos con el mejoramiento de la prestación del servicio al ciudadano; Que el Decreto 412 de 2007, artículo 13 numeral 28 atribuye al Superintendente de Notariado y Registro, la facultad de crear, organizar y suprimir mediante acto administrativo grupos internos de trabajo para atender el cumplimiento de las funciones de la Superintendencia de acuerdo con las necesidades del servicio, los planes, programas y proyectos aprobados por la entidad; 

  

Que teniendo en cuenta los aspectos antes indicados, se hace necesario la incorporación del Grupo de Estadística Notarial y Registral, dentro de la organización estructural de la Superintendencia de Notariado, grupo al que se asignarán las funciones señaladas en la parte resolutiva de la presente resolución; 

  

Por lo expuesto, 

  

RESUELVE

  


Artículo 1 °. Establecer el Grupo Interno de Trabajo de Estadísticas Registral y Notarial, adscrito a la Oficina Asesora de Planeación de la Superintendencia de Notariado y Registro. 

  


Artículo 2°. El Grupo Interno de Trabajo de Estadísticas Registral y Notarial, adscrito a la Oficina Asesora de Planeación de la Superintendencia de Notariado y Registro, tendrá las siguientes funciones: 

  

1. Diseñar y desarrollar el Sistema de Información Estadística -SIE-, relacionado con los servicios de Notariado y de Registro de Instrumentos Públicos. 

  

2. Diseñar metodologías que permitan recolectar y consolidar información estadística, especialmente con los servicios antes citados. 

  

3. Solicitar, recibir, organizar y, mantener actualizadas las estadísticas, correspondientes a las actividades de los servicios notarial y registral. 

  

4. Elaborar, analizar, consolidar y proponer la publicación de las estadísticas referentes a los servicios de notariado y registro. 

  

5. Generar información: precisa, ágil, oportuna y confiable. 

  

6. Construir indicadores y mecanismos para medir, estimar y proyectar el desempeño de las oficinas de registro de instrumentos públicos, de las notarías y demás dependencias de la Entidad. 

  

7. Construir el mapa de riesgos estadísticos, respecto a los servicios de notariado y registro, que sirvan de apoyo a las áreas misionales de la Entidad. 

  

8. Presentar para publicación trimestral y anual, informes estadísticos al Superintendente, Dirección de Gestión Notarial y Dirección de Registro. 

  

9. Realizar estudios en relación con la prestación de los servicios de notariado y registro de instrumentos públicos, para que con base en ellos; recomiende las medidas o decisiones que hubiere lugar en su adopción. 

  

10. Las demás que establezcan las normas legales, y en razón de la naturaleza de las labores las que asignen por escrito el Despacho del Superintendente de Notariado y Registro o, el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación de la Entidad. 

  


Artículo 3°. Para la integración del Grupo, entre los perfiles se tendrán en cuenta los de profesionales universitarios en estadísticas o matemáticas, abogado titulado, técnicos administrativos y auxiliares administrativos y, se procederá mediante comunicación escrita, con las funciones asignadas. 

  


Artículo 4°. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. 

  


Artículo 5°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Publíquese, comuníquese y cúmplase. 

  

Dada en Bogotá, D. C., a 5 de diciembre de 2007. 

  

La Superintendente de Notariado y Registro, 

  

Lida Beatriz Salazar Moreno. 

(C.F.)