RESOLUCION53582010201006 script var date = new Date(16/06/2010); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLV. N. 47748. 22, JUNIO, 2010. PAG 15SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTROpor la cual se establece el procedimiento para designar el representante de los notarios de tercera categoría y su suplente en el Consejo Asesor del Fondo Cuenta Especial de NotariadoVigentefalsefalseJusticia y del Derechotruefalsefalse22/06/201022/06/2010477481515

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLV. N. 47748. 22, JUNIO, 2010. PAG 15

RESOLUCIÓN 5358 DE 2010

(junio 16)

por la cual se establece el procedimiento para designar el representante de los notarios de tercera categoría y su suplente en el Consejo Asesor del Fondo Cuenta Especial de Notariado

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

El Superintendente de Notariado y Registro, 

  

en ejercicio de las facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 12 numerales 2 y 18 del Decreto 412 de 2007 y 5° del Decreto 1672 de 1997, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

1. Que el artículo 5° del Decreto 1672 de 1997 dispuso que los recursos destinados a mejorar las condiciones económicas de los notarios de insuficientes ingresos, a la capacitación de los notarios y a la divulgación del Derecho Notarial, de que tratan los artículos 11 y concordantes de la Ley 29 de 1973, serán administrados por la Superintendencia de Notariado y Registro, a través de un fondo o sistema especial de manejo de cuentas, sin personería jurídica, estructura administrativa ni planta de personal propia. 

  

2. Que el inciso 2° del artículo 5° del Decreto 1672 estableció que los recursos a que se refiere dicho decreto, serían administrados por el Superintendente de Notariado y Registro, con la asesoría de un Consejo integrado entre otros por un Notario de Tercera Categoría, o su suplente, elegido por los notarios de su misma categoría. 

  

3. Que el período para el cual fue designado el actual representante doctor Alberto Mario Garzón Wílches, Notario Único de Sitio Nuevo-Magdalena, se vence el 25 de julio del presente año. 

  

4. Que se hace necesario definir el procedimiento a seguir para designar el representante de los notarios de tercera categoría y su suplente en el Consejo Asesor del Fondo Cuenta Especial de Notariado. 

  

Por lo expuesto, 

  

RESUELVE

  


Artículo 1°. Convócase a los Notarios de tercera categoría a participar en el proceso de elección de su representante al Consejo Asesor del Fondo Cuenta Especial de Notariado, mediante aviso que se publicará en la página www.supernotariado.gov.co

  


Artículo 2°. El representante de los Notarios de tercera categoría en el Consejo Asesor del Fondo Cuenta Especial de Notariado y su suplente, será elegido por los Notarios de manera directa y democrática para un período de dos (2) años, contados a partir de la fecha de la declaración de su elección. 

  


Artículo 3°. Los notarios de tercera categoría interesados, deberán inscribir su candidatura dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria, indicando el nombre de su suplente con su respectiva aceptación, mediante comunicación escrita dirigida al Superintendente de Notariado y Registro, hasta el décimo día hábil a las cinco de la tarde (5:00 p. m.). Quien pondrá en conocimiento de todos los notarios de tercera categoría el listado de los candidatos, con sus respectivos suplentes inscritos, que cumplan los requisitos y lo hayan hecho oportunamente, mediante aviso que será publicado en la página www.supernotariado.gov.co. 

  


Artículo 4°. La votación se efectuará al tercer día hábil siguiente a la publicación de que trata el artículo anterior, a partir de las ocho de la mañana (8:00 a. m.) hasta las cinco de la tarde (5:00 p. m.), mediante telegrama, fax, correo electrónico o personalmente en las instalaciones de la Superintendencia de Notariado y Registro (Grupo de Recaudos y Subsidios Notariales), donde podrán depositar el voto en el que se indicarán los nombres del candidato con su respectivo suplente. Una vez enviado o depositado este, según el caso, no podrá variarse el voto. 

  

La fórmula (candidato Principal y Suplente) que obtenga la mayor votación, de acuerdo con el escrutinio que se realice, integrará el Consejo Asesor. 

  


Artículo 5°. Los escrutinios se efectuarán el día hábil siguiente en el Despacho del Superintendente de Notariado y Registro, ante la comisión escrutadora, que está integrada por el señor Superintendente de Notariado y Registro o su delegado, el señor Superintendente Delegado para el Notariado o su Delegado, la Directora de Gestión Notarial o su delegado y un Notario o ex Notario designado por el señor Superintendente de Notariado y Registro. Los resultados serán consignados en un acta, en la cual se dejará constancia del escrutinio y se declarará la elección del representante que haya obtenido la mayor votación; elección que se publicará en la página www.supernotariado.gov.co. 

  


Artículo 6°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y subroga las Resoluciones 4365 del 5 de junio de 2008 y 5074 del 22 de julio de 2008, en lo que no les sea contrario. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Comuníquese y cúmplase. 

  

Dada en Bogotá, D. C., a 16 de junio de 2010. 

  

El Superintendente de Notariado y Registro, 

  

Orlando José García-Herreros Salcedo. 

  

(C.F.)