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RESOLUCION21372002200206 script var date = new Date(24/06/2002); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXXVIII. N. 44877. 24, JULIO, 2002. PÁG. 16.SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTROpor la cual se incrementan las tarifas por concepto del ejercicio de la función notarialVigentefalsefalseJusticia y del Derechotruefalsefalse24/07/200224/06/2002448771616

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXVIII. N. 44877. 24, JULIO, 2002. PÁG. 16.

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 2137 DE 2002

(junio 24)

por la cual se incrementan las tarifas por concepto del ejercicio de la función notarial

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


El Superintendente de Notariado y Registro, 

  

en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 33 del Decreto 1681 del 16 de Septiembre de 1996, y 

  

CONSIDERANDO QUE: 

  

1. Por Resolución 083 del 29 de mayo de 2002, emanada de la Registraduría Nacional del Estado Civil, se estableció el valor de las copias del Registro Civil que expiden los funcionarios responsables de dicha función en la suma de dos mil cuatrocientos pesos ($2.400); 

  

2. Mediante Resolución 4188 del 28 de diciembre de 2001, proferida por esta Superintendencia, se fijo en la suma de dos mil ciento setenta pesos ($2.170) moneda corriente, la expedición de copias y/o certificados de actas, inscripciones y folios de Registro del Estado Civil, que reposen en los archivos de las notarías, por concepto de derechos notariales, hasta tanto dicho valor fuera incrementado por la Registraduría Nacional del Estado Civil. 

  

3. Se hace necesario nivelar el valor de las copias a que se refiere el inciso anterior al señalado por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en la Resolución 083 del 2 de mayo de 2002, respecto de las que expiden los notarios y cónsules de Colombia en el Exterior, toda vez que se trata de la prestación de un mismo servicio público, con la diferencia que el cobro en los consulados se hará en dólares y no en pesos colombianos, 

  

RESUELVE: 

  


Artículo 1°. Derogar el artículo 6° de la Resolución 4188 del 28 de diciembre de 2001, de la Superintendencia de Notariado y Registro. 

  


Artículo 2°. La expedición de las copias y/o certificados de las actas, inscripción y folios de registro del estado civil, que reposen en el archivo de las notarías, causará por derechos notariales la suma de dos mil cuatrocientos pesos ($2.400) moneda corriente, cada una. 

  

Parágrafo 1°. La expedición de las copias y/o certificaciones de las actas, inscripciones y folios de registro del estado civil de los Consulados de Colombia en el Exterior, causará la suma de dos dólares estadounidenses con cincuenta centavos (US$ 2,50) cada una. 

  

Parágrafo 2°. Los anteriores valores se cobrarán sin perjuicio de las exenciones que sobre el Registro Civil se encuentran previstas en el artículo 22 de la Resolución 4188 del 28 de diciembre de 2001 de la Superintendencia de Notariado y Registro. 

  


Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dada en Bogotá, D. C., a 24 de junio de 2002. 

  

El Superintendente de Notariado y Registro, 

  

Eugenio Gil Gil. 

  

(C. F.)