RESOLUCION124362010201002 script var date = new Date(02/02/2010); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47640. 3, MARZO, 2010. PÁG. 13.SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIOpor la cual se modifica la Resolución 52251 de 2008VigentefalsefalseComercio, Industria y Turismotruefalsefalse03/03/201003/03/2010476401313

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47640. 3, MARZO, 2010. PÁG. 13.

RESOLUCIÓN 12436 DE 2010

(febrero 02)

por la cual se modifica la Resolución 52251 de 2008

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

El Superintendente de Industria y Comercio, 

  

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 3° del Decreto 3523 de 2009, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Primero. Que mediante Decreto 3523 del 15 de septiembre de 2009 se modificó la estructura de la Superintendencia de Industria y Comercio. 

  

Segundo. Que en desarrollo del citado decreto se hace necesario actualizar la conformación del Comité Técnico de Gestión en relación con los integrantes del mismo. 

  

RESUELVE: 

  


Artículo 1°. Modifícase el artículo 1° de la Resolución 52251 del 11 de diciembre de 2008, el cual quedará así: 

  

"(…) Artículo 1°. Créase el Comité Técnico de Gestión, integrado por el Secretario General, el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, el Jefe de la Oficina de Atención al Ciudadano e Informática, el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, el Jefe de la Oficina de Control Interno y el Jefe del Grupo de Atención al Ciudadano y Notificaciones, un Asesor designado por el Superintendente de Industria y Comercio, y un funcionario designado por cada Superintendente Delegado, el cual asistirá como representante del respectivo Superintendente Delegado. 

  

Parágrafo 1°. Los representantes de la Alta Dirección de la Entidad para los Sistemas de Gestión de Calidad y Modelo Estándar de Control Interno y el Líder de Gobierno en Línea en representación de la Alta Dirección, serán invitados permanentes. 

  

Parágrafo 2°. Los miembros del Comité Técnico de Gestión, establecerán el reglamento para la operación y funcionamiento del mismo. 

  

Parágrafo 3°. Un profesional designado por el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación ejercerá la secretaría técnica del comité". 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dada en Bogotá, D. C., a 2 de marzo de 2010. 

  

El Superintendente de Industria y Comercio, 

  

Gustavo Valbuena Quiñones. 

  

(C.F.)