DIARIO OFICIAL. AÑO CXXX. N 41387. 10, JUNIO, 1994. PAG. 1.
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RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar] |
RESOLUCIÓN 9 DE 1994
(mayo 27)
por la cual se modifica el artículo 2° de la Resolución número 013 del 30 de diciembre de 1993, expedida por la Comisión de Regulación Energética.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Lo Comisión de Regulación Energética,
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 11 del Decreto 2119 de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución CRE-013 de 1993, la Comisión de Regulación Energética determinó la tasa de actualización para las tarifas no-residenciales del servicio de energía eléctrica.
Que el mandato contenido en el artículo 2° de la Resolución CRE-013 DE 1993, debe adecuarse a la meta tarifaria establecida para el sector no-residencial por la Resolución número 070 de 1993 expedida por la Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos,
RESUELVE:
Artículo 1°. Modifícase el artículo 2° de la Resolución número 013 de 1993, expedida por la comisión de Regulación Energética, el cual quedará así:
"Salvo las tarifas de los convenios que se suscriban con los grandes consumidores industriales y comerciales definidos de acuerdo con la Resolución 010 de 1993 expedida por la Comisión de Regulación Energética, las tarifas de energía y potencia de los usuarios no-residenciales con una demanda máxima mensual superior a 0,5 MW se ajustaran, por separado, hasta alcanzar las metas establecidas en la Resolución JNT-070 de 1993. Las metas se alcanzaran a más tardar el 1° de diciembre de 1994, incluyendo las reducciones que sean necesarias para llevar estas tarifas a las metas definidas en la resolución mencionada.
La empresa informará oportunamente a la Comisión de Regulación Energética sobre el plan acordado."
TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]
Artículo 2°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial o en la Gaceta del Ministerio de Minas y Energía y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese, y cúmplase.
Dada en Santafé de Bogotá, D.C., el día 27 de mayo de 1994.
El Presidente,
Guido Alberto Nule Amín
El Coordinador General,
Manuel Ignacio Dussán.
Hay sellos,
(Cuenta de cobro)