DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIV. N. 47460. 2, SEPTIEMBRE, 2009. PÁG. 24.
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RESOLUCIÓN 340 DE 2009
(agosto 27)
por la cual se modifica el Manual de Contratación Administrativa e Inspección y Seguimiento Contractual, adoptado por medio de la Resolución 481 de 2008 de la Agencia Nacional de Hidrocarburos y se derogan unas disposiciones.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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El Director General de la Agencia Nacional de Hidrocarburos - ANH,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 10 del Decreto-ley 1760 de 2003,
CONSIDERANDO:
Que la Agencia Nacional de Hidrocarburos -ANH- es una Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio de Minas y Energía, con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa y financiera, sometida al régimen jurídico contenido en el Decreto-ley 1760 de 2003 y, en lo allí no previsto, al de los establecimientos públicos, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 489 de 1998 y en las normas que la sustituyan, modifiquen o adicionen.
Que de conformidad con el artículo 81 de la Ley 489 de 1998, los contratos que celebren los establecimientos públicos se rigen por las normas del Estatuto Contractual de las entidades estatales contenido en la Ley 80 de 1993 y las disposiciones que lo complementen, adicionen o modifiquen, sin perjuicio de lo dispuesto en normas especiales.
Que el artículo 89 del Decreto 2474 de 2008, reglamentario de la Ley 1150 de 2007, ordena a las entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, la elaboración de un Manual de Contratación en el que se señalen los procedimientos internos, los funcionarios intervinientes, los asuntos propios de la realización de los procesos de selección, así como de la vigilancia y control de la ejecución contractual.
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley 80 de 1993, la celebración de contratos estatales y la ejecución de los mismos tienen por objeto el cumplimiento de los fines del Estado y la continua y eficiente prestación de los servicios públicos a cargo de las entidades estatales contratantes.
Que por medio de la Resolución 481 de 2008, del Director General, se adoptó el Manual de Contratación Administrativa e Inspección y Seguimiento Contractual de la Agencia Nacional de Hidrocarburos -ANH.
Que en los términos del manual de contratación, se denomina contratación administrativa a la que se rige por el Estatuto General de la Contratación Administrativa- numeral 1.1., sección I, capítulo 1 ibídem- y por contratación misional a la que está sujeta a la legislación especial en consonancia con el artículo 76 de la Ley 80 de 1993-numeral 1.3, Sección I, Capítulo 1 ibídem-.
Que en el Capítulo 2, Sección I, del referido manual, se establecieron los criterios y reglas relativos a la delegación y desconcentración de funciones en asuntos de contratación administrativa y misional.
Que de conformidad con el artículo 10, numeral 10.2, del Decreto-ley 1760 de 2003, el Director General de la ANH podrá "Delegar, de conformidad con la ley, las funciones que considere necesarias y la celebración de contratos, excepto los de exploración y explotación de hidrocarburos".
Que el Acuerdo 01 de 2009, expedido por el Consejo Directivo de la ANH, adoptó el Reglamento de Contratación Misional de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, en cuya virtud se prevén los asuntos contractuales que, por ser de orden misional, no les son aplicables las disposiciones que gobiernan a la contratación administrativa.
Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, reviste a las autoridades administrativas de la potestad de que, mediante acto de delegación, transfieran el ejercicio de funciones a sus colaboradores.
Que al tenor del artículo 10 ejusdem el acto de delegación siempre se formalizará por escrito, determinando la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos a transferir.
Que en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1°. Delegar, en el Subdirector Administrativo y Financiero y en el Subdirector Técnico de la entidad, la ordenación del gasto en materia de contratación de la ANH.
Artículo 2°. La aprobación de las garantías presentadas por los contratistas en los procesos contractuales estará a cargo del Jefe de la Oficina Asesora Jurídica de la ANH.
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 046 del 26 de enero de 2009, expedida por el Director General, y las disposiciones que le sean contrarias.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 27 de agosto de 2009.
El Director General,
José Armando Zamora Reyes.
(C.F.)