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RESOLUCION24852023202310 script var date = new Date(02/10/2023); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL AÑO CLIX No. 52.537, 3 DE OCTUBRE DE 2023. PAG 13.MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICOpor la cual se efectúa una distribución en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2023.falsefalseHacienda y Crédito Públicofalsefalsefalse03/10/202302/10/202303/10/2023525371313

DIARIO OFICIAL AÑO CLIX No. 52.537, 3 DE OCTUBRE DE 2023. PAG 13.

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 2485 DE 2023

(octubre 02)

por la cual se efectúa una distribución en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2023.

[Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 19 de la Ley 2276 de 2022 y 19 del Decreto número 2590 de 2022, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

  

Que los artículos 19 de la Ley 2276 de 2022 y 19 del Decreto número 2590 de 2022 disponen que se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o consejos directivos. Si no existen juntas o consejos directivos, lo hará el representante legal de estos. 

  

Así mismo, señalan que las operaciones presupuestales contenidas en los mencionados actos administrativos se someterán a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, y tratándose de gastos de inversión, requerirán el concepto previo favorable del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Programación de Inversiones Públicas. 

  

Que los artículos citados disponen que a fin de evitar duplicaciones en los casos en los cuales la distribución afecte el Presupuesto de otro órgano que haga parte del Presupuesto General de la Nación, el mismo acto administrativo servirá de base para realizar los ajustes correspondientes en el órgano que distribuye e incorporar las del órgano receptor. La ejecución presupuestal de estas deberá efectuarse por parte de los órganos receptores en la misma vigencia de la distribución. Tratándose de gastos de inversión, la operación presupuestal descrita, en el órgano receptor se clasificará en el programa y subprograma por ejecutar que corresponda; para los gastos de funcionamiento se asignará al rubro presupuestal correspondiente. Estas operaciones de inversión y funcionamiento en ningún caso podrán cambiar la destinación ni la cuantía, lo cual deberá constar en el acto administrativo que para tal fin se expida. 

  

Que, en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2023, existen recursos en la Unidad 1301-01 - Gestión General, Programa: 1302 Gestión de Recursos Públicos; Subprograma: 1000 Intersubsectorial Gobierno; Proyecto: 14 “Apoyo a proyectos de inversión a nivel nacional - Distribución previo concepto DNP”; Recurso 11: Otros recursos del tesoro, que pueden ser distribuidos. 

  

Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante Oficio número 20234300002616 del 27 de septiembre de 2023, emitió concepto favorable sobre la distribución de los recursos del proyecto referido. 

  

Que el Jefe de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 6423 del 27 de septiembre de 2023 por valor de Ciento cuarenta y un mil ciento veinte millones de pesos ($141.120.000.000) moneda corriente. 

  

Que, en mérito de lo anterior, 

  

RESUELVE


Artículo 1°. Distribución. Efectuar la siguiente distribución en el presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal 2023, así: 

  

  

CONTRACRÉDITO 

  

SECCIÓN 1301 

  

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO  

  

UNIDAD 1301-01 GESTIÓN GENERAL 

  

PRESUPUESTO DE GASTOS DE INVERSIÓN 

  

RECURSO 11 - CSF 

  

 

  

DISTRIBUCIÓN: 

  

SECCIÓN 2801 

  

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL  

  

UNIDAD 2801-01 GESTIÓN GENERAL  

  

PRESUPUESTO DE GASTOS DE INVERSIÓN 

  

RECURSO 11 - CSF 

  

 

  

  


Artículo 2°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y requiere para su validez de la aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional. 

  

Publíquese, comuníquese y cúmplase. 

  

Dada en Bogotá, D. C., a 2 de octubre de 2023. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Ricardo Bonilla González. 

  

Aprobado: 

  

La Directora General de Presupuesto Público Nacional, 

  

Claudia Marcela Numa Páez