RESOLUCION4722023202305 script var date = new Date(23/05/2023); document.write(date.getDate()); script falsefalseDiario Oficial Año CLVIII No. 52.412 31 de mayo de 2023 Pag 66DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICApor la cual se efectúa una modificación al anexo del Decreto de Liquidación en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, para la vigencia fiscal de 2023. .falsefalsePresidencia de la Repúblicafalsefalsefalse31/05/202323/05/202331/05/2023524126666

Diario Oficial Año CLVIII No. 52.412 31 de mayo de 2023 Pag 66

RESOLUCIÓN 472 DE 2023

(mayo 23)

por la cual se efectúa una modificación al anexo del Decreto de Liquidación en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, para la vigencia fiscal de 2023. .

[Mostrar]

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 2.8.1.5.6 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el artículo 8° del Decreto 412 de 2018, y 

  

  

  

CONSIDERANDO:  

  

Que, mediante Ley 2276 del 29 de noviembre de 2022, se decretó el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2023. 

  

  

  

Que, mediante Decreto 2590 del 23 de diciembre de 2022, se liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos. 

  

  

  

Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público 1068 del 26 de mayo de 2015 en su artículo 2.8.1.5.6, modificado por el artículo 8° del Decreto 412 de 2018, establece: “Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso de la República, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso de no existir aquellas.  

  

  

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección General del Presupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuestales contenidos en las resoluciones o acuerdos una vez se realice el registro de los solicitudes en el Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF Nación.  

  

  

  

Si se trata de gastos de inversión, la aprobación requerirá previo concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación -Dirección de Inversión y Finanzas Públicas- sobre las operaciones presupuestales contenidas en los proyectos de resoluciones o acuerdos y verificación del registro de las solicitudes en el Sistema de Inversión y Finanzas Públicos (SUIFP).  

  

  

  

La Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional, con base en las modificaciones de que tratan los incisos anteriores, realizará los ajustes al Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC) consultando la información registrada en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación. Los órganos públicos que requieran conocer las modificaciones al anexo del decreto de liquidación deberán acceder a las mismas a través del Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF Nación.  

  

  

  

  

Parágrafo 1°. La Dirección General del Presupuesto Público Nacional podrá solicitar ajustes al PAC cuando lo considere pertinente. También podrá solicitar dichos ajustes la Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas del Departamento Nacional de Planeación, cuando se trate de gastos de Inversión.  

  

  

  

Parágrafo 2°. Cuando las solicitudes de modificaciones y demás afectaciones al detalle de la composición del Presupuesto General de lo Nación requieran apertura de objetos,’ ordinales y subordinales, estas deben incluir la indicación de la clasificación correspondiente al Catálogo de Clasificación Presupuestal, así como su equivalencia en los demás clasificadores que se indique por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.”

  

  

  

  

  

  

Que en la Sección 020101, existen recursos disponibles en la Cuenta 03 Transferencias Corrientes, Subcuenta: 03 A Entidades del Gobierno, Objeto del Gasto 01 A órganos del PGN, Ordinal 052 Plan de Promoción de Colombia en el Exterior, Recurso 10 - Recursos Corrientes, por valor de $2.069.000.000. 

  

  

  

  

Que la Coordinadora del Grupo de Presupuesto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, expidió el certificado de disponibilidad presupuestal número 323 del 19 de mayo de 2023 - Tipo Modificación Presupuestal. 

  

  

  

  

En consecuencia, 

  

RESUELVE:  


Artículo 1°. Efectuar una modificación al anexo del Decreto de Liquidación en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, teniendo en cuenta los siguientes contracréditos y créditos para la vigencia fiscal de 2023, así: 

 


Artículo 2°. La presente Resolución requiere para su validez de la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional. 

  

Publíquese, comuníquese y cúmplase. 

  

  

  

Dada en Bogotá, D. C., a 23 de mayo de 2023. 

  

  

  

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, 

Carlos Ramón González Merchán 

  

APROBADO:
La Directora General del Presupuesto Público Nacional,
Claudia Marcela Numa Páez. 

  

  

Ministerio de Hacienda y Crédito Público 

  

5.3.0.1. Grupo de Hacienda, Gobierno y Estadística 

  

  

Radicado: 2-2023-026682 

  

Bogotá, D. C., 30 de mayo de 2023 15:52 

  

  

Doctor 

CARLOS RAMÓN GONZÁLEZ MERCHÁN  

Director 

Departamento Administrativo de la Presidencia de la República 

Calle 7 No. 6-54 

Bogotá, D. C. 

  

Radicado entrada 1-2023-044613 

Número Expediente 498/2023/SITPRES 

  

  

Asunto: Aprobación Resolución Traslado 

  

  

Respetado Doctor: 

  

En atención al oficio número 1-2023-044613, y de conformidad con el artículo 2.8.1.5.6 del Decreto 1068 de 2015, de manera atenta le informo que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional aprueba la operación presupuestal contenida en la Resolución número 0472 del 23 de mayo de 2023, por la cual se efectúa un traslado en el Presupuesto de funcionamiento de la Presidencia de la República por valor de $2.069.000.000, financiado con recursos de Aporte Nación. 

  

De acuerdo con el artículo mencionado el jefe del órgano responderá por la legalidad del acto en mención. 

  

El traslado se aprueba para que la entidad disponga de los recursos en el rubro Adquisición de Bienes y Servicios, para dar cumplimiento de las funciones de la Secretaría para las Comunicaciones y Prensa en la realización de encuestas. Igualmente, se requiere financiar los rubros presupuestales de Cajas menores y Gastos de Viaje al Interior y Exterior. Los recursos se contracreditan del rubro Plan de Promoción de Colombia en el Exterior. 

Por último, es preciso indicar que la entidad debe dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 2.8.1.7.6 del Decreto 1068 de 2015 y el Decreto 444 de 2023 sobre austeridad del gasto público. 

Cordialmente, 

Claudia Marcela Numa Páez.  

Directora General del Presupuesto Público Nacional 

  

  

Anexo: Resolución número 0472 del 23 de mayo de 2023.