MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
RESOLUCIÓN 1049 DE 2022
(junio 07)
Por la cual se otorga aval para impartir Formación en Conciliación Extrajudicial en Derecho al Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la Facultad de Derecho de la Universidad Cooperativa de Colombia Seccional Neiva.
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LA DIRECTORA DE MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
En uso de sus facultades legales y constitucionales, en especial de las conferidas por los artículos 2.2.4.2.8.4 del Decreto 1069 de 2015 y el numeral 7 del artículo 16 del Decreto 1427 de2017, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad el artículo 91 de la Ley 446 de 1998, y del artículo 10 de la Ley 640 de 2001, establece que la formación de los conciliadores recae en las entidades avaladas para tal fin por el Ministerio de Justicia y del Derecho.
Que el artículo 2.2.4.2.8.1. del Decreto 1069 de 2015, estipula que las entidades interesadas en impartir el Programa de Formación en conciliación extrajudicial en derecho, deben presentar la respectiva solicitud ante el Ministerio de Justicia y del Derecho y acompañarse de los documentos que acrediten el lleno de los requisitos señalados en el artículo anterior, así como del contenido del Programa de Formación, el desarrollo de los objetivos y el planteamiento del sistema de evaluación de cada módulo, tanto para docentes como para alumnos.
Que de conformidad con el artículo 16 del Decreto 1427 de 2017, es función de la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos autorizar la creación de centros de conciliación y arbitraje, así como otorgar aval para impartir formación en conciliación extrajudicial en Derecho, y ejercer funciones de inspección, control y vigilancia de estos centros de conciliación o arbitraje, y de las entidades avaladas para impartir formación en conciliación.
Que la Resolución 0221 de 2014, expedida por el Ministerio de Justicia y del Derecho, establece el contenido mínimo del Programa de Formación en Conciliación Extrajudicial en Derecho.
Que en el artículo 16, numeral 9 del Decreto 1427 de 2017 se establecieron como funciones de la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, autorizar la creación de centros de conciliación y arbitraje, así como la creación de entidades avaladas para impartir formación en Conciliación en Derecho, y ejercer funciones de inspección, control y vigilancia de estos centros de conciliación y/o arbitraje, y de las entidades avaladas para impartir formación en conciliación.
Que el artículo 2.2.4.2.8.1 del Decreto 1069 de 2015 establece, los siguientes requisitos de aval para impartir formación en del programa de conciliación en derecho:
"a) Que el Centro de Conciliación de la Entidad haya obtenido del Ministerio de Justicia y del Derecho autorización para su funcionamiento, Como mínimo, tres (3) años antes de la radicación de la solicitud, y que dicha autorización no haya sido revocada.
b) Que el Centro de Conciliación de la Entidad haya operado durante los tres (3) años anteriores a la radicación de la solicitud, y haya tramitado a lo largo de ellos no menos de cincuenta (50) casos de conciliación, según reporte generado por el Sistema de Información de la Conciliación, el Arbitraje y la Amigable Composición;
c) Que el Centro de Conciliación de la Entidad no haya sido sancionado por el Ministerio de Justicia y del Derecho en los últimos tres (3) años".
Que la señora Maritza Rondón Rangel, en calidad de representante legal de la Universidad Cooperativa de Colombia, como entidad promotora del Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la Facultad de Derecho de la Universidad Cooperativa de Colombia Seccional Neiva, ubicado en la Calle 7 No. 5-64 Edificio Trujillo piso 5 de la ciudad de Neiva - Huila, a través de comunicación radicada en el Ministerio de Justicia y del Derecho con número SICAAC22-0000034 de fecha 9 de marzo de 2022, solicitó aval para impartir Programa de Formación en conciliación extrajudicial en derecho.
Que, verificado el Sistema de Información de la Conciliación, el Arbitraje y la Amigable Composición -SICAAC, se evidencia que:
1. El Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la Facultad de Derecho de la Universidad Cooperativa de Colombia Seccional Neiva fue autorizado para funcionar mediante Resolución 21 del 22 de abril de 1997 del Ministerio de Justicia del Derecho, con el código 2099.
2. Su autorización se encuentra actualmente vigente.
3. Tramitó 240 casos de conciliación desde el 09/03/2019 al 09/03/2022.
4. No ha sido objeto de sanción alguna por parte del Ministerio de Justicia y del Derecho.
Que luego de revisar la documentación presentada, la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia y del Derecho expidió certificación MJD-CER22- 0002194-2100 de fecha 27 de abril de 2022, la cual hace constar que el Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la Facultad de Derecho de la Universidad Cooperativa de Colombia Seccional Neiva (Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación Reynaldo Polania Polania), cumple con los requisitos establecidos en el artículo 2.2.4.2.8.1 del Decreto 1069 de 2015 y la Resolución 0221 de 2014, para obtener la autorización de aval para impartir el Programa de Formación en conciliación extrajudicial en derecho.
Que por consiguiente, la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia y del Derecho, debe otorgar aval al Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la Facultad de Derecho de la Universidad Cooperativa de Colombia Seccional Neiva, para impartir el programa de formación en conciliación extrajudicial en derecho, ordenar su inscripción en el registro de entidades avaladas e ingresará los datos de la entidad avalada en el Sistema de Información de la Conciliación, el Arbitraje y la Amigable Composición-SICAAC. En mérito de lo expuesto, la Dirección de Métodos Alternativos y Solución de Conflictos del Ministerio de Justicia y del Derecho,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Otorgar al Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la Facultad de Derecho de la Universidad Cooperativa de Colombia Seccional Neiva, ubicado en la calle 7 no. 5-64 piso 5° de Neiva -Huila, aval para impartir formación en conciliación extrajudicial en derecho, de conformidad con lo señalado en la parte motiva de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: Inscribir al Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la Facultad de Derecho de la Universidad Cooperativa de Colombia Seccional Neiva, en el registro de entidades avaladas del Sistema de Información de la Conciliación el Arbitraje y la Amigable Composición SICAAC.
ARTÍCULO TERCERO: Notificar personalmente por medio electrónico de este acto administrativo al Centro de Conciliación del Consultorio Jurídico de la Facultad de Derecho de la Universidad Cooperativa de Colombia Seccional Neiva, representada legalmente por la señora Maritza Rondón Rangel, identificada con la cédula de ciudadanía No. 63.316.826, y/o quien haga sus veces, a través del correo electrónico: hernan.perez@ucc.edu.co y al señor JUAN FRANCISCO ARISTIZABAL OSORIO identificado con la cédula de ciudadanía número No. 86.079.124 3, director del centro, al correo electrónico registrado en el Sistema de Información de la Conciliación el Arbitraje y la Amigable Composición -SICAAC: juan.aristizabal@ucc.edu.co, de conformidad con los artículos 54,56 Y 67 de la ley 1437 de 2011. De no lograrse la notificación personal se procederá conforme a lo dispuesto en el Capítulo V del Título 111, de la Parte Primera de la ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO: Contra la presente resolución procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse ante este despacho, dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, conforme a lo establecido en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, al correo electrónico: gestión.documental@minjusticia.gov.co .
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 07 días del mes de junio de 2022
ERIKA PATRICIA RINCÓN REMOLINA
Directora de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos