MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
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RESOLUCIÓN 6 DE 2022
(enero 04)
Por la cual se efectúa la desagregación al detalle del anexo del decreto de liquidación en el presupuesto de Inversión del Ministerio de Justicia y del Derecho para la vigencia fiscal de 2022.
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EL SECRETARIO GENERAL
En uso de las facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confiere el Decreto 1068 de 2015 expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, articulo 17 del Decreto 1793 de 2021, la Resolución No. 003 de 2011, el Decreto No. 006 del 05 de enero de 2021, y
CONSIDERANDO
Que mediante la Ley 2159 de 2021, el Congreso de la República decretó el presupuesto de rentas y recursos de Capital para la vigencia fiscal del 01 de enero al 31 de diciembre de 2022, incluyendo al Ministerio de Justicia y del Derecho.
Que conforme al Decreto 1793 del 21 de diciembre de 2021 "Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2022, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos", el Gobierno Nacional apropió en el presupuesto de inversión del Ministerio de Justicia y del Derecho Sección 1201, la suma de CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA PESOS MICTE ($52.493.974.190). Que a su vez el Decreto 1793 del 21 de diciembre de 2021 dispuso en su artículo 17 que el jefe del órgano o en quien este haya delegado la ordenación del gasto podrá efectuar mediante resolución las desagregaciones presupuesta les a las apropiaciones contenidas en el anexo del decreto de liquidación.
Que el Decreto 1068 de 2015 en su artículo 2.8.1.7.5. establece que "El registro de la ejecución del presupuesto de rentas y recursos de capital y del presupuesto de gastos del Presupuesto General de la Nación en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación, deberá hacerse de conformidad con el Catálogo de Clasificación Presupuestal - CCP que establezca la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y en los tiempos que permitan conocer la situación de las finanzas con mayor cercanía al momento de generarse el hecho económico".
Que el Decreto 1068 de 2015 se en su artículo 2. 9. 1. 2. 7, modificado por el artículo 19 del Decreto 412 de 2018, establece la obligación de las entidades usuarias del SIIF Nación de desagregar el presupuesto al máximo nivel de detalle, de conformidad con el Catálogo de Clasificación Presupuestal CCP establecido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.
Que en mérito de lo expuesto este despacho,
R E S U E LV E:
ARTÍCULO PRIMERO. - Realizar la desagregación del presupuesto para la vigencia 2022 de Inversión según el Decreto 1793 del 21 de diciembre de 2021, así:
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los 04 de Enero de 2022
CAMILO ANDRES ROJAS CASTRO
Secretario General