RESOLUCION3082020202006 script var date = new Date(18/06/2020); document.write(date.getDate()); script falsefalseARCHIVO ENTIDADUnidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC"Por la cual se modifica la Resolución No 000001 del 2 de enero de 2020, mediante la cual se efectúa la desagregación de las apropiaciones en el Presupuesto de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, para la vigencia de 2020"falsefalseJusticia y del Derechofalsefalsefalse18/06/2020

ARCHIVO ENTIDAD

RESOLUCIÓN 308 DE 2020

(junio 18)

"Por la cual se modifica la Resolución No 000001 del 2 de enero de 2020, mediante la cual se efectúa la desagregación de las apropiaciones en el Presupuesto de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, para la vigencia de 2020"

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EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA UNIDAD DE SERVICIOS PENITENCIARIOS Y CARCELARIOS - USPEC 

  

En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 12 del Decreto No. 4150 de 2011 y por la Ley 2008 del 27 de diciembre de 2019 y 

  

CONSIDERANDO 

  

Que el numeral 13 del artículo 12 del Decreto 4150 del 3 de noviembre de 2011, "Por el cual se crea la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - SPC, se determina su objeto y estructura ", determina entre las funciones del Director General la siguiente: "Ordenar los gastos, realizar las operaciones necesarias y celebrar los contratos, acuerdos y convenios que se requieran para asegurar el cumplimiento de las funciones y objetivos de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (SPC)". 

Que el artículo 2.8.1.5.6 del Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015, modificado por el Decreto 412 de 2018, artículo 8, establece: "Modificaciones al Detalle del Gasto. Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuesta/ el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso de la República, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso no existir aquellas". 

Que el artículo 18 de la Ley No. 2008 del 27 de diciembre de 2019, "Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1de enero al 31 de diciembre de 2020", establece que: "Se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o consejos directivos. Si no existen juntas o consejos directivos, lo hará el representante legal de estos. Estas operaciones presupuestales se someterán a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, y tratándose de gastos de inversión, requerirán el concepto previo favorable del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas (...)". 

Que mediante la Resolución No. 000001 del 02 de enero de 2020, se efectuó la desagregación de las apropiaciones en el presupuesto de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, para la vigencia fiscal 2020, acorde con los recursos asignados mediante el Decreto 2411 del 30 de diciembre de 2019,"Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2020, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos". 

Que el artículo 1 de la Resolución No. 000001 del 2 de enero de 2020, señala que: "Efectúense la desagregación de las apropiaciones en el Presupuesto de Funcionamiento e inversión de la Unidad de Servicios penitenciarios y Carcelarios - USPEC para la vigencia fiscal de 2020 en la suma de UN BILLÓN DOSCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL PESOS ($1.203.373.840.000) MONEDA LEGAL, así: (...)" 

Que de acuerdo con la solicitud de traslado presupuesta! interno No. I-2020-005632 de fecha 12 de junio de 2020, suscrita por el Director Administrativo y Financiero, mediante la cual manifiesta la necesidad de realizar el traslado presupuesta! para reconocer el valor establecido para auxilio de trasporte como auxilio de conectividad digital a los trabajadores que devengan hasta dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes y desarrollen su labor en su domicilio. En cumplimiento del Decreto 771 de 2020; teniendo en cuenta que existe disponibilidad presupuestal que no se encuentra afectada a la fecha en el rubro A-01-01-01-001-005 "Auxilio de transporte". 

Que según consta en el certificado de disponibilidad presupuestal No.22320 de fecha 12 de junio de 2020, expedido por la Coordinadora del Grupo de Presupuesto de la Subdirección Financiera de la USPEC; existe apropiación libre de afectación para amparar los movimientos registrados en la presente Resolución. 

Que es pertinente contracreditar y acreditar los rubros que a continuación se relacionan para atender las necesidades de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios USPEC en la presente vigencia fiscal y los valores objeto de este traslado presupuesta! corresponden a recursos de aporte nacional. 

  

Que en virtud de lo anterior; 

  

RESUELVE: 

  


ARTÍCULO 1. Modificar el artículo 1 de la Resolución No. 000001 del 2 de enero de 2020 en la suma de CUARENTA MILLONES CUATROCIENTOS MIL PESOS MONEDA LEGAL ($40.400.000), el cual quedará así: 

  

TRASLADO 

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 

SECCIÓN 1211 

UNIDAD DE SERVICIOS PENITENCIARIOS Y CARCELARIOS 

TIPO 

CTA 

SUBC 

OBJG 

ORD 

SORD 

CONCEPTO 

CONTRACREDITO 

CRÉDITO 

A 

01 

GASTOS DE PERSONAL 

40.400.000 

40.400.000 

01 

01 

PLANTA DE PERSONAL PERMANENTE 

40.400.000 

40.400.000 

A 

01 

01 

01 

SALARIO 

40.400.000 

40.400.000 

01 

01 

01 

001 

FACTORES SALARIALES COMUNES 

40.400.000 

40.400.000 

A 

01 

01 

01 

001 

005 

AUXILIO DE TRANSPORTE 

40.400.000 

- 

A 

01 

01 

01 

001 

012 

AUXILIO DE CONECTIVIDAD DIGITAL 

- 

40.400.000 

TOTAL TRASLADO 

40.400.000 

40.400.000 

  


ARTÍCULO 2. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

  

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 

Dada en Bogotá, D.C. a los 18 JUN 2020. 

  

JAVIER AUGUSTO SARMIENTO OLARTE 

Director General (e) 

Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios