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RESOLUCION2702020202005 script var date = new Date(28/05/2020); document.write(date.getDate()); script falsefalseARCHIVO ENTIDADUnidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC"Por la cual se modifica la Resolución No 000001 del 2 de enero de 2020, mediante la cual se efectúa la desagregación de las apropiaciones en el Presupuesto de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, para la vigencia de 2020"falsefalseJusticia y del Derechofalsefalsefalse28/05/2020

ARCHIVO ENTIDAD

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 270 DE 2020

(mayo 28)

"Por la cual se modifica la Resolución No 000001 del 2 de enero de 2020, mediante la cual se efectúa la desagregación de las apropiaciones en el Presupuesto de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, para la vigencia de 2020"

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Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


  

LA DIRECTORA GENERAL (E) DE LA UNIDAD DE SERVICIOS PENITENCIARIOS Y CARCELARIOS USPEC 

  

En uso de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 12 del Decreto No. 4150 de 2011 y por la Ley 2008 del 27 de diciembre de 2019 y 

  

CONSIDERANDO 

  

Que, el numeral 13 del artículo 12 del Decreto 4150 del 3 de noviembre de 2011, "Por el cual se crea la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - SPC, se determina su objeto y estructura", determina entre las funciones del Director General la siguiente: "Ordenar los gastos, realizar las operaciones necesarias y celebrar los contratos, acuerdos y convenios que se requieran para asegurar el cumplimiento de las funciones y objetivos de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (SPC)". 

Que, el artículo 2.8.1.5.6 del Decreto 1068 del 26 de mayo de 2015, modificado por el artículo 8 del Decreto 412 de 2018, establece: "Modificaciones al Detalle del Gasto. Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso de la República, se realizarán mediante resolución expedida por el efe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso no existir aquellas". 

Que, el artículo 18 de la Ley No. 2008 del 27 de diciembre de 2019, "Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2020", establece que: "Se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o consejos directivos. Si no existen juntas o consejos directivos, lo hará el representante legal de estos. Estas operaciones presupuestales se someterán a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto. Público Nacional, y tratándose de gastos de inversión, requerirán el concepto previo favorable del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Inversiones y 

Finanzas Públicas (...)". 

Que, el artículo 1 de la Resolución No. 000001 del 2 de enero de 2020, señala que: "Efectúense la desagregación de las apropiaciones en el Presupuesto de Funcionamiento e inversión de la Unidad de Servicios penitenciarios y Carcelarios - USPEC para la vigencia fiscal de 2020 en la suma de UN BILLÓN DOSCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL PESOS ($1.203.373.840.000) MONEDA LEGAL, así: (...)" 

Que, mediante la Resolución No. 000001 del 02 de enero de 2020, se efectuó la desagregación de las apropiaciones en el presupuesto de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios - USPEC, para la vigencia fiscal 2020, acorde con los recursos asignados mediante el Decreto 2411 del 30 de diciembre de 2019, "Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2020, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos". 

Que, de acuerdo con la solicitud de traslado presupuestal interno de fecha 21 de mayo de 2020, suscrita por la Directora de Logística, mediante la cual manifiesta la necesidad de realizar traslado para reponer el recurso utilizado para la adición del contrato 115 de 2020, el cual tiene como objeto el suministro e instalación de carpas totalmente cubiertas estilo dos aguas para los ERON a cargo del INPEC; teniendo en cuenta que existe disponibilidad presupuestal que no se encuentra afectada a la fecha en el rubro A-02-02-01-004-008 "Aparatos médicos, instrumentos ópticos y de precisión, relojes". 

Que, de acuerdo con la solicitud de traslado presupuesta! interno No. 1-2020-004846 de fecha 23 de mayo de 2020, suscrita por el Director Administrativo y Financiero, mediante la cual manifiesta la necesidad de trasladar los recursos necesarios para amparar la adquisición de elementos de protección personal por la caja menor para los servidores de la USPEC, tales como: tapabocas, guantes, caretas, batas desechables, alcohol, gel antibacterial, y demás EPP y bioseguridad en cumplimiento a lo establecido en la resolución 666 del 24 de abril de 2020, del Ministerio de Salud y Protección Social, por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia Coronavirus COVID-19; teniendo en cuenta que existe disponibilidad presupuesta! que no se encuentra afectada a la fecha en el rubro A-02-02-01-003-003 "Productos de hornos de coque; productos de refinación de petróleo y combustible nuclear". 

Que, según consta en los certificados de disponibilidad presupuestal No.20520 de fecha 23 de mayo de 2020 y CDP No. 20620 de fecha 26 de mayo de 2020, expedidos por la Coordinadora del Grupo de Presupuesto de la Subdirección Financiera de la USPEC; existe apropiación libre de afectación para amparar los movimientos registrados en la presente Resolución. 

Que, es pertinente contracreditar y acreditar los rubros que a continuación se relacionan para atender las necesidades de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios USPEC en la presente vigencia fiscal y los valores objeto de este traslado presupuesta! corresponden a recursos de aporte nacional. 

  

Que, en virtud de lo anterior, 

  

RESUELVE: 

  

  


ARTÍCULO 1. Modificar el artículo 1 de la Resolución No. 000001 del 2 de enero de 2020 en la suma de VEINTIDOS MILLONES PESOS MONEDA LEGAL ($22.000.000), el cual quedará así: 

  

TRASLADO  

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO 

SECCIÓN 1211 

UNIDAD DE SERVICIOS PENITENCIARIOS Y CARCELARIOS 

  

TIPO 

CTA 

SUBC 

OBJG 

ORD 

SORD 

CONCEPTO 

CONTRACREDITO 

CRÉDITO 

A 

02 

ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 

22,000,000 

22,000,000 

A 

02 

02 

ADQUISICIONES DIFERENTES DE ACTIVOS 

22,000,000 

22,000,000 

A 

02 

02 

01 

MATERIALES Y SUMINISTROS 

22,000,000 

22,000,000 

A 

02 

02 

01 

002 

PRODUCTOS ALIMENTICIOS, BEBIDAS Y
TABACO; TEXTILES, PRENDAS DE VESTIR Y
PRODUCTOS DE CUERO
 

  

7,800,000 

02 

02 

01 

002 

007 

ARTÍCULOS TEXTILES ( EXCEPTO PRENDAS DE VESTIR) 

-  

7,800,000 

A 

02 

02 

01 

003 

OTROS BIENES TRANSPORTABLES
(EXCEPTO PRODUCTOS METÁLICOS,
MAQUINARIA Y EQUIPO)
 

10,800,000 

14,200,000 

02 

02 

01 

003 

003 

PRODUCTOS DE HORNOS DE COQUE; PRODUCTOS DE REFINACION DE PETRÓLEO Y COMBUSTIBLE NUCLEAR 

10,800,000 

-  

02 

02 

01 

003 

005 

OTROS PRODUCTOS QUIMICOS; FIBRAS ARTIFICIALES (O FIBRAS INDUSTRIALES HECHAS POR EL HOMBRE) 

-  

3,000,000 

02 

02 

01 

003 

008 

OTROS BIENES TRANSPORTABLES N.C.P 

-  

11,200,000 

A 

02 

02 

01 

004 

PRODUCTOS METÁLICOS Y PAQUETES DE SOFTWARE 

11,200,000 

-  

02 

02 

01 

004 

008 

APARATOS MEDICOS, INSTRUMENTOS ÓPTICOS Y DE PRECISION, RELOJES 

11,200,000 

-  

  

  

  

  

  

  

TOTAL TRASLADO 

22,000,000 

22,000,000 

  


ARTÍCULO 2. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

  

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 

Dada en Bogotá, a los 28 mayo 2020 

  

LISSETE CECILIA CERVANTES MARTELÓ 

Directora General (e) 

Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios