Ministerio de Justicia y del Derecho
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RESOLUCIÓN 893 DE 2021
(julio 12)
Por la cual se adiciona el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales del Ministerio de Justicia y del Derecho
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EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
En ejercicio de sus facultades legales, y en especial las conferidas en el articulo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015 y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución No. 0194 de 2015 y demás actos administrativos que la modifican y/o adicionan, se adoptó el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho.
Que de acuerdo con las necesidades del Ministerio de Justicia y del Derecho y con el propósito de facilitar el cumplimiento de los planes, programas y proyectos de la entidad, se hace necesario adicionar una carta descriptiva correspondiente a un empleo de la planta de personal del Ministerio.
Que el inciso segundo del articulo 2.2.2.6.1 del Decreto No. 1083 de 2015, señala que la adopción, adición, modificación o actualización del manual especifico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo o entidad.
Que, en virtud de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Adicionar al Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho, adoptado mediante Resolución No. 0194 de 2015, una carta descriptiva del empleo de Profesional Universitario, Código 2044, Grado 07, la cual quedará asi:
EQUIVALENCIAS
Titulo de posgrado en la modalidad de doctorado o postdoctorado por: cuatro (4) años de experiencía profesional y víceversa, siempre que se acredite el título profesional.
Títulos de posgrado en las modalidades de doctorado, postdoctorado por: terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título de profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y dos (2) años de experiencia profesional.
El título de posgrado en la modalidad de maestría por: tres (3) años de experíencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional.
Títulos de posgrado en las modalidades de maestria o especialización por: terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título de profesional exigido en el requisito respectivo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.
Titulo de posgrado en la modalidad de especialización por: dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el titulo profesional.
Tres (3) años de experiencia profesional, por título universitario adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo.
Titulos de posgrado en las modalidades de doctorado, postdoctorado, maestría o especialización por: título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.
Para la formación de posgrado se tendrá en cuenta que el doctorado o posdoctorado es equivalente a la maestría más tres (3) años de experiencia profesional y viceversa; o a la especialización más cuatro (4) años de experiencia profesional y viceversa.
Artículo 1. Adicionar al Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho, adoptado mediante Resolución No. 0194 de 2015, una carta descriptiva del empleo de Profesional Universitario, Código 2044, Grado 07, la cual quedará asi:
EQUIVALENCIAS
Titulo de posgrado en la modalidad de doctorado o postdoctorado por: cuatro (4) años de experiencía profesional y víceversa, siempre que se acredite el título profesional.
Títulos de posgrado en las modalidades de doctorado, postdoctorado por: terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título de profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y dos (2) años de experiencia profesional.
El título de posgrado en la modalidad de maestría por: tres (3) años de experíencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional.
Títulos de posgrado en las modalidades de maestria o especialización por: terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título de profesional exigido en el requisito respectivo, siempre y cuando dicha formación sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.
Titulo de posgrado en la modalidad de especialización por: dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el titulo profesional.
Tres (3) años de experiencia profesional, por título universitario adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo.
Titulos de posgrado en las modalidades de doctorado, postdoctorado, maestría o especialización por: título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo.
Para la formación de posgrado se tendrá en cuenta que el doctorado o posdoctorado es equivalente a la maestría más tres (3) años de experiencia profesional y viceversa; o a la especialización más cuatro (4) años de experiencia profesional y viceversa.
COMUNíQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 12 de Julio 2021
El Ministro de Justicia y del Derecho
Wilson Ruíz Orejuela