RESOLUCION409082018201812 script var date = new Date(21/12/2018); document.write(date.getDate()); script falsefalseARCHIVO DE LA ENTIDAD 21 DE DICIEMBRE 2018MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIAPor la cual se amplía la vigencia de los certificados de competencias expedidos de acuerdo al numeral 32.1.3 del Anexo General del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas — RETIE, adoptado mediante Resolución No. 90708 de 2013,VigentefalsefalseMinas y Energíafalse21/12/201821/12/2018

ARCHIVO DE LA ENTIDAD 21 DE DICIEMBRE 2018

RESOLUCIÓN 40908 DE 2018

(diciembre 21)

Por la cual se amplía la vigencia de los certificados de competencias expedidos de acuerdo al numeral 32.1.3 del Anexo General del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas — RETIE, adoptado mediante Resolución No. 90708 de 2013,

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

LA MINISTRA DE MINAS Y ENERGÍA 

  

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren el parágrafo del Artículo 8 de la Ley 1264 de 2008, el Articulo 1.1.1.1.1 del Decreto 1073 de 2015 y el Articulo 2.2.1.7.6.7 del Decreto 1595 de 2015, 

  

CONSIDERANDO:  

  

Que mediante Resolución 9 0708 del 30 de agosto de 2013, publicada en el Diario Oficial No. 48.904 del 05 de septiembre de 2013, el Ministerio de Minas y Energía expidió el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas — RETIE.  

  

Que mediante la Resolución 9 0907 del 25 octubre de 2013, publicada en el Diario Oficial 48.954 de 25 de octubre de 2013, se corrigen unos yerros en el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas - RETIE.  

  

Que mediante la Resolución 9 0795 del 25 julio de 2014, publicada en el Diario Oficial No. 49.227 de 29 de julio de 2014 se aclaran y se corrigen unos yerros en el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas — RETIE, establecido mediante Resolución No. 90708 de 2013.  

  

Que mediante la Resolución 40492 del 24 abril de 2015, publicada en el Diario Oficial No 49.495 del 27 de abril de 2018 se aclaran y corrigen unos yerros en el Anexo General del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas — RETIE, establecido mediante Resolución No. 90708 de 2013.  

  

Que mediante la Resolución 40157 del 1 marzo de 2017 publicado en el Diario Oficial No 50.162 de marzo I de 2017, el Ministerio de Minas y Energía modifica la resolución 9 0708 de 2013, estableciendo la fecha oficial de entrada en funcionamiento del aplicativo para el cargue de información de dictámenes de inspección de instalaciones eléctricas DIIE.  

  

Que mediante la Resolución 4 0259 del 29 de marzo de 2017 publicada en el Diario Oficial No 50.192 del 31 de marzo de 2017, se modifican los numerales 32.1.3 y 38.1 y se adiciona el numeral 32.1.3.1 del Anexo General del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas -RETIE, adoptado mediante Resolución 90708 de 2013.  

  

Que el Decreto 1595 del 5 de agosto de 2015 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo establece en el artículo 2.2.1.7.6.7, "Los reglamentos técnicos expedidos serán sometidos a revisión por parte de la entidad reguladora, con el fin de determinar su permanencia, modificación o derogatoria, por lo menos, una vez cada cinco (5) años, o antes, si cambian las causas que le dieron origen. No serán parte del ordenamiento jurídico los reglamentos técnicos que transcurridos cinco (5) años de su entrada en vigencia no hayan sido revisados y decidida su permanencia o modificación por la entidad que lo expidió.  

  

Que la Dirección de Energía mediante comunicado con radicado 2018067045, informa que adelantó la revisión del Reglamento de Instalaciones Eléctricas — RETIE, indicando que las causas que dieron origen a la expedición del mismo no han variado y por lo tanto se entiende agotado el trámite de revisión del reglamento para efecto de dar cumplimiento al artículo 2.2.1.7.6.7 del Decreto 1595 de 2015.  

  

Que por lo anteriormente expuesto,  

  

RESUELVE:  

  

  


ARTICULO PRIMERO: Decidir la permanencia del Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas - RETIE contenido en la Resolución 9 0708 del 2013 y sus modificaciones.  

  

  


ARTICULO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.  

  

  

PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE.  

  

  

Dada en Bogotá, 5 de septiembre de 2018  

  

  

MARÍA FERNANDA SUÁREZ LONDOÑO  

Ministra de Minas y Energía