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RESOLUCION1892019201906 script var date = new Date(12/06/2019); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL AÑO CLV N. 50984 14 DE JUNIO 2019 PAG. 1MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURALpor la cual se adoptan los lineamientos de política para las plantaciones forestales con fines comerciales para la obtención de madera y su cadena productiva y el plan de acción 2018-2038 y se dictan otras disposiciones.VigentefalsefalseAgricultura y Desarrollo Ruralfalse14/06/201912/06/201914/06/2019509841

DIARIO OFICIAL AÑO CLV N. 50984 14 DE JUNIO 2019 PAG. 1

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 189 DE 2019

(junio 12)

por la cual se adoptan los lineamientos de política para las plantaciones forestales con fines comerciales para la obtención de madera y su cadena productiva y el plan de acción 2018-2038 y se dictan otras disposiciones.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política, el parágrafo 3° del artículo 5° de la Ley 99 de 1993, el artículo 2° de la Ley 139 de 1994, el artículo 3° del Decreto número 1985 de 2013, y 

  

CONSIDERANDO:  

  

Que la Constitución Política en su artículo 65, establece que “la producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado. Para tal efecto, se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales (...)”;  

  

Que según el artículo 2.3.3.2 del Decreto número 1071 de 2015 “por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural”, se entiende por cultivo forestal con fines comerciales “el cultivo de especímenes arbóreos de cualquier tamaño originado con la intervención directa del hombre con fines comerciales y que está en condiciones de producir madera y subproductos”, incluidas como lo precisa la misma norma, “las plantaciones forestales productoras de carácter industrial o comercial a que se refiere el Decreto número 1791 de 1996 (...)”;  

  

Que mediante la Resolución número 128 de 2017, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural adoptó las Bases para la Gestión del Territorio para usos agropecuarios y los lineamientos de su estrategia de planificación sectorial agropecuaria, así como los lineamientos de política para el ordenamiento productivo y social de la propiedad rural, los cuales constituyen el instrumento que direcciona el ordenamiento productivo y social de la propiedad rural en el territorio nacional, y por tanto, suponen el sustrato fundamental para la implementación de las políticas para plantaciones o cultivos forestales con fines comerciales en el país, con el propósito de contribuir al uso eficiente del suelo y el desarrollo rural agropecuario del país;  

  

Que el artículo 1° de la Resolución número 261 de 2018 expedida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, define la Frontera Agrícola Nacional como “(...) el límite del suelo rural que separa las áreas donde se desarrollan las actividades agropecuarias, las áreas condicionadas y las áreas protegidas, las de especial importancia ecológica, y las demás áreas en las que las actividades agropecuarias están excluidas por mandato de la ley”;  

  

Que el artículo 4° de la Resolución número 261 de 2018, establece que el objetivo de la Frontera Agrícola Nacional es “contribuir a la formulación y focalización de la gestión de la política pública del sector agropecuario, pesquero y de desarrollo rural. Además, promover el uso eficiente del suelo rural agropecuario, el ordenamiento productivo y social de la propiedad rural, y el fortalecimiento de la productividad y competitividad de las actividades agropecuarias. (...);  

  

Que de acuerdo con lo anterior, la Frontera Agrícola Nacional se convierte en el instrumento que establece el marco de aplicación espacial en el territorio nacional de los lineamientos de política para las plantaciones forestales con fines comerciales para la obtención de madera y su cadena productiva y de su plan de acción;  

  

Que los “Lineamientos de política para plantaciones forestales con fines comerciales para la obtención de madera y su cadena productiva”, contienen la visión, los ejes estructurales y los objetivos estratégicos, constituyéndose en el marco general de los mecanismos de intervención del Estado colombiano para avanzar en el desarrollo de la cadena de las plantaciones forestales con fines comerciales para la obtención de madera y lograr su consolidación;  

  

Que el “Plan de acción para el desarrollo y consolidación de la cadena productiva de las plantaciones forestales con fines comerciales para la obtención· de madera 2018-2038”, contiene las acciones que se deben realizar en el corto, mediano y largo plazo para lograr los objetivos estratégicos de los lineamientos de política de plantaciones forestales con fines comerciales para la obtención de madera y su cadena productiva;  

  

Que los documentos mencionados anteriormente, son el resultado de un proceso de construcción y concertación con actores claves de la cadena, liderado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios (UPRA), en el que participaron el Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible; el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; el Departamento Nacional de Planeación, entidades adscritas y vinculadas a los mismos, la academia, el gremio y la empresa privada;  

  

Que se hace necesario adoptar los “Lineamientos de política para plantaciones forestales con fines comerciales para la obtención de madera y su cadena productiva”, y el “Plan de Acción para el desarrollo y consolidación de la cadena productiva de las plantaciones forestales con fines comerciales para la obtención de madera 2018-2038”, para la planificación del desarrollo y consolidación de esta cadena productiva, pues su propósito es que en el 2038 la cadena productiva esté desarrollada, consolidada y contribuya a que el sector forestal colombiano sea un importante promotor del desarrollo rural y un componente estratégico del desarrollo nacional;  

  

Que en mérito de lo expuesto,  

  

RESUELVE:  


ARTÍCULO 1°. Adopción Lineamientos de Política y Plan de Acción. Adóptanse los “Lineamientos de Política para plantaciones forestales con fines comerciales para la obtención de madera y su cadena productiva” y el “Plan de acción para el desarrollo y consolidación de la cadena productiva de las plantaciones forestales con fines comerciales para la obtención de madera 2018-2038”, contenidos en los Anexos 1 y 2 que hacen parte integral de la presente resolución y que constituyen la política pública para la cadena productiva de madera obtenida de las plantaciones forestales con fines comerciales. 


ARTÍCULO 2°. Ámbito de aplicación. La política pública para la cadena productiva de madera obtenida de las plantaciones forestales con fines comerciales a que hace referencia el artículo anterior, se aplicará dentro de la Frontera Agrícola Nacional.  


ARTÍCULO 3°. Coordinación del Plan de Acción. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales, coordinará la realización de las actividades del “Plan de acción para el desarrollo y consolidación de la cadena productiva de las plantaciones forestales con fines comerciales para la obtención de madera 2018-2038”.  


ARTÍCULO 4°. Cronograma de actividades y seguimiento al Plan de Acción. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales presentará anualmente al Consejo Nacional de la Cadena Productiva Forestal de maderas, tableros, muebles y productos de madera el cronograma de actividades para la implementación de las acciones establecidas en el “Plan de acción para el desarrollo y consolidación de la cadena productiva de las plantaciones forestales con fines comerciales para la obtención de madera 2018-2038”, así como los avances obtenidos en el año inmediatamente anterior.  

  

Parágrafo. El plan de acción para el desarrollo y consolidación de la cadena productiva de las plantaciones forestales con fines comerciales para la obtención de madera 2018- 2038, será actualizado por la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de acuerdo con los resultados del seguimiento y evaluación al mismo, sin necesidad de modificar la presente resolución.  


ARTÍCULO 5°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dada en Bogotá, D. C., a 12 de junio de 2019. 

  

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, 

  

Andrés Valencia Pinzón. 

  

(C. F.).