DIARIO OFICIAL AÑO CLI No 50086 20 DE DICIEMBRE DE 2016 PAG 2
RESOLUCIÓN 85303 DE 2016
(diciembre 12)
"Por la cual se suspenden términos en los procesos de lrracción de derechos de propiedad industrial, protección del consumidor y competencia desleal que adelanta la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio"
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
EL SUPERINTENDENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO (E)
En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 4886 de 2011 y,
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1º del artículo 36 de la ley 909 de 2004, determina que la capacitación y la formación de los empleados públicos está orientada al desarrollo de sus capacidades, destrezas, habilidades, valores y competencias fundamentales, con miras a propiciar eficacia personal, grupal y organizacional posibilitando el desarrollo profesional de los empleados y el mejoramiento en la prestación de los servicios.
Que el Decreto 2929 de 2005 contenido en el Decreto Único Reglamentario No. 1083 de 2015 del Sector de Función Pública y por el cual se reglamenta el Decreto Ley 775 de 2005, faculta a las Superintendencias para administrar la capacitación formal y no formal de sus empleados, estableciendo el deber de implementar programas especiales de capacitación de acuerdo a las necesidades y formación para sus funcionarios.
Que el Superintendente de Industria y Comercio mediante la Resolución No. 93313 de 2015 expidió el "Plan Institucional de Capacitación y el Programa de Bienestar, Estímulos e Incentivos de los Servidores de la Superintendencia de Industria y Comercio"
Que la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales realizará el día 15 de diciembre de 2016 una capacitación dirigida a todos sus servidores públicos con el fin de incrementar la capacidad individual y colectiva para contribuir al cumplimiento de la misión institucional, a la mejor prestación de servicios a la comunidad, al eficaz desempeño del cargo y al desarrollo personal integral.
Que con el fin de garantizar la asistencia de los servidores públicos de la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales a la capacitación organizada por esta Superintendencia el día 15 de diciembre de 2016, se hace necesario suspender los términos legales y procesales en dicho despacho jurisdiccional para la referida fecha.
Que teniendo en cuenta los términos y plazos legales establecidos por el ordenamiento jurídico, el artículo 118 del Código General del Proceso establece "En los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacancia judicial ni aquellos en que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el juzgado (...)".
Que conforme a lo anterior, le corresponde a la Superintendencia de Industria y Comercio garantizar el cumplimiento de los términos y asegurar las garantías en sus actuaciones respecto de los sujetos procesales que en ellas intervienen.
Que en consecuencia, el día 15 de diciembre de 2016 se suspenderán los términos en los procesos de infracción de derechos de propiedad industrial, protección del consumidor y competencia desleal que adelanta la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: SUSPENDER los términos procesales de las actuaciones jurisdiccionales de infracción de derechos de propiedad industrial, protección del consumidor y competencia desleal que adelanta la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de esta Superintendencia, el día 15 de diciembre de 2016, fecha en que no correrán los términos para todos los efectos de ley.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, 12 DIC 2016
SUPERINTENDENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO (E).
MÓNICA ANDREA RAMÍREZ HINESTROZA