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Instituto Nacional de Metrología -
RESOLUCIÓN 500 DE 2017
(noviembre 16)
Por medio de la cual se establece los Grupos Internos de Trabajo del Instituto Nacional de Metrología - INM y se les asignan funciones.
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EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE METROLOGIA
En ejercicio de sus facultades legales conferidas en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el artículo 9°, numeral 14 del Decreto 4175 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso 2 del artículo 115 de la Ley 489 de 1998, señala que "Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo".
El artículo 9°, numeral 14 del Decreto 4175 de 2011, señala que son funciones del Despacho del Director del Instituto Nacional de Metrología, crear, organizar y conformar comités, comisiones y grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados para el adecuado funcionamiento del Instituto.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Establecer los siguientes grupos de trabajo en el Instituto Nacional de Metrología:
SECRETARÍA GENERAL
SUBDIRECCIÓN METROLOGÍA DE FÍSICA
SUBDIRECCIÓN METROLOGÍA QUÍMICA Y BIOMEDICINA
ARTÍCULO SEGUNDO. Establecer como funciones de los Grupos Internos de Trabajo de la Secretaría General las siguientes:
• Grupo de Servicios Administrativos:
•Grupo de Gestión Jurídica - Contractual.
·Grupo de Gestión del Talento Humano:
ARTÍCULO TERCERO. Establecer como funciones de los Grupos lnternos de Trabajo de la Subdirección de Metrolog a Física las siguientes:
ARTÍCULO CUARTO. Establecer como funciones de los Grupos lnter los de Trabajo de la Subdirección de Metrología Química y Biomedicina las siguientes:
ARTÍCULO QUINTO. Para cada grupo interno de trabajo de los establecidos en el artículo primero de la presente Resolución, el Director General del Instituto designará un coordinador quien realizará las labores de coordinación o supervisión de las actividades del mismo.
PARÁGRAFO. Los empleados que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo, creados en el Instituto Nacional de Metrología, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo que estén desempeñando, durante el tiempo en que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal.
ARTÍCULO SEXTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución 325 de 2017.
PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D. C., a los 16 NOV 2017
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE METROLOGÍA
RAFAEL JOSÉ GIL ANGARITA