INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR
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RESOLUCIÓN 2000 DE 2006
(agosto 18)
Por la cual se modifica la Resolución 0683 del 29 de marzo de 2006
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EL SECRETARIO GENERAL
Encargado de las funciones de director general del instituto colombiano de bienestar familiar
En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el numeral 4° del artículo veintiuno de la Ley 7ª de 1979, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con las funciones establecidas en el Decreto 3264 del 30 de diciembre de 2002, es función de la Dirección de Planeación a través de la Subdirección de Programación, y de la Dirección de Evaluación, mediante la Subdirección de Seguimiento y Análisis, elaborar en coordinación con las dependencias involucradas los lineamientos de programación, seguimiento y evaluación de las metas sociales y financieras, las cuales serán la base para la focalización de beneficiarios y la asignación presupuestal por nivel territorial.
Que de conformidad con las funciones establecidas en el Decreto 3264 del 30 de diciembre de 2002, es función de la Subdirección de Programación coordinar la elaboración de la programación anual de las metas sociales y financieras, y asistir a las regionales y agencias para que realicen este proceso.
Que de conformidad con las funciones establecidas en el Decreto 3264 del 30 de diciembre de 2002 es función de la Dirección Técnica orientar la formulación y desarrollo de lineamientos técnicos y estándares para los servicios como fundamento para la formulación 1de los lineamientos de programación.
Que de acuerdo con la Resolución No 0683 de marzo 29 de 2006 se aprobaron los Lineamientos de Programación de Metas Sociales y Financieras los cuales precisan los objetivos, criterios y parámetros para la programación y ejecución de las distintas modalidades de atención del Servicio Público de Bienestar Familiar financiados con recursos apropiados en el presupuesto de la entidad en el Decreto de Liquidación del Presupuesto General de la Nación.
Que de acuerdo con el artículo 2° de dicha resolución “Cualquier modificación, adición, o ajuste a los Lineamientos de Programación, deberá ser avalada por la Subdirección de Programación, según solicitud de las regionales o agencias, previo análisis técnico y de viabilidad presupuestal con las Direcciones Técnica y de Evaluación, y adoptada mediante resolución”.
En concordancia con lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar de la estructura presupuestal y los identificadores presupuestales de los “Lineamientos de programación de Metas Sociales y Financieras 2006”, en el programa:
PROGRAMA | 1540 | COORDINACIÓN, ADMINISTRACIÓN, PROMOCIÓN Y/O SEGUIMIENTO DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y/O FINANCIERA PARA APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO |
SUBPROGRAMA | 1540100 | INTERSECTORIAL DE GOBIERNO |
PROYECTO | 1540100003 | ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL TÉCNICA Y/O FINANCIERA NO REEMBOLSABLE. |
SUBPROYECTO | 154010000309 | PROTECCIÓN Y ACCIONES PARA PRESERVAR Y RESTITUIR LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Y LA FAMILIA. |
MODALIDAD | 15401000030901 | PROGRAMA DE APOYO A LOS NIÑOS Y JÓVENES DE LA CALLE EN COLOMBIA, PROYECTO COL/B7-310/97/192 |
La estructura del programa será la siguiente:
PROGRAMA | 540 | COORDINACIÓN, ADMINISTRACIÓN, PROMOCIÓN Y/O SEGUIMIENTO DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y/O FINANCIERA PARA APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO |
SUBPROGRAMA | 5401000 | INTERSECTORIAL GOBIERNO |
PROYECTO | 540100001 | ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL TÉCNICA Y/O FINANCIERA NO REEMBOLSABLE |
SUBPROYECTO | 54010000109 | PROTECCIÓN Y ACCIONES PARA PRESERVAR Y RESTITUIR LOS |
MODALIDAD | 5401000010901 | PROGRAMA DE APOYO A LOS NIÑOS Y JÓVENES DE LA CALLE EN COLOMBIA. PROYECTO COL/B7-310/97/192 |
CÓDIGO | 5401000010901 | PERSONA LOCAL |
CÓDIGO | 5401000010902 | EQUIPOS |
CÓDIGO | 5401000010903 | FUNCIONAMIENTO |
CÓDIGO | 5401000010904 | PROYECTOS |
ARTÍCULO 2o. Modificar los clasificadores del gasto correspondientes al programa citado en el artículo anterior, los cuales en adelante quedarán así:
PROYECTO 01: ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL TÉCNICA Y/O FINANCIERA NO REEMBOLSABLE
SUBPROYECTO 9: PROTECCIÓN Y ACCIONES PARA PRESERVAR Y RESTITUIR LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Y LA FAMILIA
Modalidad 1: “PROGRAMA DE APOYO A LOS NIÑOS Y JÓVENES DE LA CALLE EN COLOMBIA” PROYECTO COL/B7-310/97/192
DEFINICIÓN:
Son las acciones que se desarrollan en el marco de la ejecución del Convenio de
Financiación que el Gobierno de la República de Colombia firmó con la Comunidad Europea para desarrollar el “Programa de Apoyo a los jóvenes y niños de la calle en Colombia” Proyecto COL/B7-310/97/0192.
El Convenio de Financiación “Programa de apoyo a los jóvenes y niños de la calle en Colombia”, fue firmado el 13 de febrero de 1998. Posteriormente se afianzó la cooperación financiera y técnica de la Comunidad Europea, con la firma de un Acuerdo Marco con el Gobierno de Colombia el 14 de diciembre del año 2000.
En el año 2001 la Comisión Europea reactivó su interés en apoyar al Gobierno Colombiano en la solución de la problemática de la niñez en situación de calle, en este marco se realizó la firma del Addendum 1 al Convenio de Financiación el 19 de septiembre de 2002 y el Acta de Iniciación del Proyecto se firmó el 19 de noviembre de 2002.
A partir de enero del año 2003, se inicia propiamente la ejecución del proyecto, para lo cual se realiza el proceso de planeación, de concertación interinstitucional y la generación de lineamientos técnicos y administrativos requeridos para iniciar la ejecución del Proyecto.
OBJETIVO GENERAL:
Los niños, niñas, jóvenes y sus familias en situación de calle, los niñas, niñas y jóvenes desvinculados (as) de grupos armados ilegales han mejorado sus condiciones de vida, están Vinculados a proyectos de protección integral y participan en el desarrollo local.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
FOCALIZACIÓN DE LA POBLACIÓN:
Niños, niñas, jóvenes y familias en situación de calle, en condiciones de alto riesgo de habitar la calle o cuyo hábitat permanente es la calle; niños, niñas y jóvenes desvinculados de los grupos armados ilegales en Colombia.
En el Plan Operativo Global aprobado en el 2004 se propone priorizar la intervención en las Ciudades de Bogotá, Bucaramanga, Cali, Cartagena, Medellín, Pasto y Pereira, por ser Consideradas ciudades con una mayor magnitud y complejidad de la problemática de niños y niñas en situación de calle.
Se desarrollarán dos (2) Proyectos para atender jóvenes desvinculados de grupos armados Ilegales en las ciudades de Manizales y Villavicencio.
PARÁMETROS:
Las siguientes son las Modalidades de Ejecución establecidos por la Comunidad Europea:
MODALIDADES DE EJECUCIÓN:
La programación presupuestal está definida en los Planes Operativos Anuales, los Planes de Contratación y de adquisiciones anuales, los cuales incluirán todos los requerimientos de las Contrataciones y una programación de desembolsos. La disponibilidad de recursos deberá estar asegurada a través de las trasferencias de la Delegación de la Comisión Europea a la cuenta en euros del Proyecto.
La ejecución de los recursos del Proyecto se realizará de acuerdo a las disposiciones generales del Addendum del Convenio de Financiación, del Convenio Marco y su Anexo 1 y de la “Guía práctica de procedimientos contractuales financiados con cargo al presupuesto general de las Comunidades europeas en el marco de las acciones exteriores”.
Modalidad de Ejecución Directa:
Se aplica para acciones propias del Proyecto o actividades del ICBF, en este caso se presentará un Proyecto específico para ser aprobado por la entidad de tutela y de la Delegación de la Comisión Europea, dentro del PCA respectivo. El contrato se firmará entre la ACCI o el ICBF y se ejecutará de acuerdo a lo establecido en el mismo.
Modalidad de Ejecución Indirecta:
La Unidad de Gestión preparará los Términos de referencia adecuados para todas las contrataciones que realizará el Proyecto.
Contrato de Subvención:
Consiste en la transferencia de recursos en dinero a las entidades ejecutoras de un proyecto previamente aprobado por el ICBF y la Delegación de la Comisión Europea, para que ellos mismos ejecuten las actividades propuestas en el proyecto presentado. Todos los contratos de subvención a realizarse por el Proyecto, deberán contar con el aval del ICBF y la Delegación de la Comisión Europea. Los montos de esta contratación se fijarán de acuerdo a la propuesta técnica y operativa, a las actividades y a los resultados esperados del Proyecto. Las entidades ejecutoras aplicarán los procedimientos técnicos, operativos y administrativos establecidos por el ICBF y deberán presentar informes técnicos y financieros trimestrales del Proyecto.
Contratos Comerciales:
Esta modalidad de contratación se utilizará en el caso en el cual uno o varios proyectos aprobados requieran la contratación de obras, servicios, suministros o para la contratación de servicios y suministros que requiere el Proyecto.
También se contratarán a través de Contratos Comerciales la asistencia técnica especializada y los estudios cumpliendo con los procedimientos establecidos por la Comisión Europea.
Todos los contratos comerciales deben seguir los procedimientos de la Comunidad Europea.
ACTIVIDADES:
De los Proyectos Locales, Nacionales y Actividades Nacionales.
Resultado 1:
Desarrollar modelos pedagógicos de animación sociocultural, que promueva la participación de los niños y niñas y su empoderamiento como actores sociales.
Vincular las familias con niños y niñas en situación de calle a redes de apoyo, servicios sociales públicos y comunitarios.
Desarrollar en las familias en riesgo de expulsar niños y niñas a la calle, capacidades para fortalecer sus relaciones con sus hijos(as), un ambiente de acogimiento y formarlos en pautas de crianza y buen trato.
Diseñar estrategias y brindar asesoría para apoyar a las familias en acciones efectivas que garanticen los derechos de la infancia.
Fortalecer redes interinstitucionales que implementan proyectos en prevención, atención y promoción en salud y educación para la niñez en situación de calle.
Desarrollar un proyecto en salud sexual y reproductiva y derechos sexuales y reproductivos con los niños, niñas y jóvenes en situación de calle en las ciudades prioritarias del Proyecto.
Resultado 2:
Formar los niños, niñas y jóvenes desvinculados de los grupos armados ilegales en competencias y habilidades sociales y productivas básicas.
Vincular las familias con niños y niñas, jóvenes desvinculados de los grupos armados ilegales a redes de apoyo, servicios sociales y comunitarios.
Contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de los(as) jóvenes desvinculados de los grupos armados ilegales, a través de la implementación de estrategias productivas.
Resultado 3:
Cualificar modelos y metodologías de atención integral y prevención de la situación de la niñez en calle, difundirlos e implementarlos.
Diseñar una propuesta metodológica para la sistematización de los aprendizajes del Proyecto.
Implementar el Plan de fortalecimiento institucional: Capacitación, asesoría técnica nacional y europea, intercambio de experiencias, Encuentros nacionales, talleres locales.
Resultado 4:
Visibilizar el fenómeno de la niñez en situación de calle a través de observatorios sociales y de infancia y otros espacios existentes en las ciudades y con eventos específicos que contribuyan a la movilización social frente al fenómeno.
Diseñar una estrategia de comunicaciones y de visibilidad del Proyecto.
Diseñar e implementar el Sistema de seguimiento y evaluación del Proyecto.
CLASIFICADOR DEL GASTO:
El Presupuesto Proyectos, muestra en detalle la inversión en el rubro de Proyectos, el cual se compone de 4 inversiones básicas:
Financiación de Proyectos a niños, niñas y jóvenes desvinculados de grupos armados Ilegales.
Realización de estudios y estrategia de movilización y sensibilización.
Apoyo al fortalecimiento institucional
Los proyectos locales se financiarán a través de “Contratos de Subvención” con las entidades ejecutoras y a través de “contratos comerciales” con los proveedores de bienes y servicios que demanden los proyectos, con el aval del ICBF y de la Delegación de la Comisión Europea.
En todos los casos los ejecutores de los recursos de la cooperación europea, tendrán que aplicar las normas y procedimientos establecidos en la “Guía práctica de procedimientos contractuales financiados con cargo al presupuesto general de las comunidades europeas en el marco de las acciones exteriores”; para los recursos de entidades públicas y del ICBF, aquellos especificados en la Ley 80 y en los correspondientes Términos de Referencia y tipos de contratos.
El desarrollo de los estudios tiene como objetivo lograr un mayor conocimiento de la problemática de la niñez en situación de calle, la cualificación de Modelos y su Implementación.
Con la implementación de una estrategia de comunicaciones y visibilidad del Proyecto, se logrará generar un proceso nacional que mediante el intercambio de experiencias, sistematización de aprendizajes y formas cualificadas de flujo de información a la comunidad y la sociedad en general, posicione el tema y haga evidente el aporte técnico y financiero de la cooperación, del ICBF, de las entidades públicas y Ong's que trabajan e invierten a la solución de la grave problemática de niñez en calle.
El apoyo al fortalecimiento institucional de las entidades ejecutoras y participantes en la ejecución de los proyectos se realizará fundamentalmente a través de la asesoría técnica suministrada por la Unidad de Gestión, al proceso de cualificación de los modelos de atención, al intercambio de experiencias a nivel nacional y al proceso de sistematización de los aprendizajes generados en la ejecución de los proyectos.
El intercambio de experiencias se realizará bajo el criterio básico de lograr procesos de formación y fortalecimiento de los Modelos existentes en Colombia para la atención de la niñez en situación de calle.
Los Eventos Nacionales y Locales están orientados a la difusión de los resultados de los estudios e intercambio de experiencias de trabajo y metodologías nacionales e Internacionales con niños, niñas y jóvenes en situación de calle. Estas actividades contarán COn la asistencia de representantes de las entidades participantes, de los proyectos locales y de las ciudades en las que se realicen los estudios, Servidores Públicos del ICBF Y Entidades Territoriales, se complementarán con la presencia de expertos nacionales o internacionales en áreas temáticas pertinentes al proceso local.
Asistencia Técnica Europea:
Los recursos de Asistencia Técnica Europea, serán manejados directamente por la Delegación de la Comisión Europea con base en los procedimientos previstos para la contratación de este tipo de servicios.
Código 1: Personal local:
Código 2: Equipos
La Unidad de Gestión requiere dotarse de los equipos de cómputo y de comunicaciones, necesarios para su eficiente operatividad interna. Esta ejecución incluye la compra de aplicativos para el Sistema de Seguimiento y evaluación para la información contable y requerimientos de comunicación del Proyecto.
Código 3: Gastos de Funcionamiento
Adecuaciones y mantenimiento de infraestructura.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los 18 AGO. 2006.
GERARDO BURGOS BERNAL
Secretario General, encargado de las
Funciones de Director General