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RESOLUCION21492002200210 script var date = new Date(09/10/2002); document.write(date.getDate()); script falsefalseInstituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBFInstituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBFPor la cual se modifica el artículo primero de la Resolución No. 2244 del 16 de octubre del 2001 que estableció el manual especifico de Funciones para los diferentes empleos de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar FamiliarfalsefalseInclusión Social y Reconciliacióntruefalsefalse09/10/200209/10/2002

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF

ÍNDICE [Mostrar]

RESOLUCIÓN 2149 DE 2002

(octubre 09)

Por la cual se modifica el artículo primero de la Resolución No. 2244 del 16 de octubre del 2001 que estableció el manual especifico de Funciones para los diferentes empleos de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

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Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


LA DIRECTORA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR 

  

En uso de sus facultades legales, estatutarias y en especial la conferida por el Artículo 29 del Decreto 861 de 2000 y 

  

CONSIDERANDO: 

Que mediante Resolución 2244 de octubre 16 de 2001 esta Dirección General estableció el Manual Especifico de Funciones y Requisitos para los diferentes empleos de la Planta Global del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y se derogan una Resoluciones. 

  

Que es jurídicamente viable la adición de la citada Resolución, ya que la corrección de los actos administrativos es la voluntad de la Administración. 

  

Que con base en las consideraciones indicadas es necesario adicionar el Artículo primero de la Resolución 2244 de octubre 16 de 2001 en el sentido de introducir unas funciones a los cargos Técnico Operativo Código 4080 Grado 11 y 4080 Grado 13; Operario Calificado Código 5300 Grados 15, 09 y 07; 

  

Que teniendo en cuenta que la producción de Bienestarina fue entregada en concesión a Industrias del Maíz Corn Products Andina, los servidores públicos asignados al Grupo de la Planta de Producción de Alimentos de Paipa, deben ser reubicados en otras dependencias de la planta global de personal ICBF, de acuerdo a las necesidades del servicio. 

  

Que en mérito de lo expuesto resuelve: 

  

RESUELVE: 


ARTICULO 1o. Modificar las funciones señaladas en el Artículo Primero de la Resolución 2244 de octubre 16 de 2001, hojas No. 182, 183, 184, 200, 201 y 202, de los cargos Técnico Operativo Código 4080 Grado 11 y 4080 Grado 13; Operario Calificado Código 5300 Grados 15, 09 y 07, que hacen parte de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, fijada mediante Decreto 2206 de noviembre 11 de 1999, funciones que deberán ser cumplidas por los servidores públicos, con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalan al instituto, así: 

MANUAL DE FUNCIONES Y REQUISITOS
 

I. IDENTIFICACIÓN 

CARGO RELACIÓN DE DEPENDENCIA 

Denominación Dependencia:

Técnico Operativo Donde esté ubicado el cargo

Código Grado NIVEL Técnico
4080 11, 13

No. De cargos Cargo del Jefe Inmediato:

11(1) y 13 (4) quien ejerza funciones de supervisión directa 

  


II. FINALIDAD Y DESCRIPCIÓN FUNCIONES

FINALIDAD

Soportar con conocimientos técnicos y administrativos las labores de apoyo que demanden dependencias del Instituto.

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES GENERALES
DIVISION DE ALIMENTOS


1. Aplicar los conocimientos y técnicas de su especialidad, en el desarrollo de las actividades del área de trabajo.

2. Apoyar a los profesionales en la organización y ejecución de las actividades de la dependencia.

3. Brindar asistencia técnica y operativa de acuerdo con los requerimientos de las diferentes áreas.

4. Participar en el diseño de los sistemas de organización, clasificación y conservación de [los recursos de la entidad y aplicarlos en el desempeño de su cargo.

5. Asistir técnica y administrativamente en la planeación, programación, organización y ejecución de las actividades propias de la dependencia.

6. Efectuar los registros y mantener actualizada la información en las aplicaciones de la dependencia.

7. Preparar y presentar informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

8. Recibir, organizar y controlar la distribución de bienes y elementos requeridos para el desarrollo de las actividades de la dependencia y de los servicios de la entidad.

9. Asistir en labores administrativas de acuerdo con las actividades de la dependencia.

10. Participar en los análisis técnicos de los diferentes programas y proyectos de la dependencia.

11. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.
 

  

TÉCNICO OPERATIVO 13
 


1. Aplicar los conocimientos y técnicas de su especialidad, en el desarrollo de las actividades del área de trabajo.

2. Apoyar a los profesionales en la organización y ejecución de las actividades de la dependencia.

3. Brindar asistencia técnica y administrativa de acuerdo con los requerimientos de las diferentes áreas.

4. Participar en el diseño de los sistemas de organización, clasificación y conservación de los recursos de la entidad y aplicarlos en el desempeño de su cargo.

5. Efectuar los registros y mantener actualizada la información en las aplicaciones de la dependencia.

6. Preparar y presentar informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

7. Asistir técnica y administrativamente en la planeación, programación, organización y ejecución de las actividades propias de la dependencia.

8. Recibir, organizar y controlar la distribución de bienes y elementos requeridos para el desarrollo de las actividades de la dependencia y de los servicios de la entidad.

9. Participar en los análisis técnicos de los diferentes programas y proyectos de la dependencia.

10. Asistir en labores administrativas de acuerdo con las actividades de la dependencia.

11. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área del desempeño del empleo.
 

TÉCNICO OPERATIVO 11 

  

1. Aplicar los conocimientos y técnicas de su especialidad, en el desarrollo de las
2. actividades del área de trabajo.

3. Brindar la asistencia técnica y administrativa de acuerdo con los requerimientos de las diferentes áreas.

4. Apoyar a los profesionales en la organización y ejecución de las actividades de la Dependencia.

5. Efectuar los registros y mantener actualizada la información en las aplicaciones de la dependencia.

6. Preparar y presentar informes sobre las actividades desarrolladas, con la oportunidad y periodicidad requeridas.

7. Recibir, organizar y controlar la distribución de bienes y elementos requeridos para el desarrollo de las actividades de la dependencia y de los servicios de la entidad.

8. Asistir en labores administrativas de acuerdo con las actividades de la dependencia.

9. Participar en los análisis técnicos de los diferentes programas y proyectos de la dependencia.

10. Las que le sean asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área del desempeño del empleo. 

III. REQUISITOS 

  

EDUCACIÓN: 4080-11. Aprobación dos (2) años de educación superior.
4080-13. Título de formación técnica profesional.
 

EXPERIENCIA: 4080-11. Veinticuatro (24) meses de experiencia.
4080-13. Seis (6) meses de experiencia o aprobación de tres (3) años de educación superior y doce (12) meses de experiencia.
 

MANUAL DE FUNCIONES Y REQUISITOS
 

  

I. IDENTIFICACIÓN 

  

CARGO RELACIÓN DE DEPENDENCIA 

  

Denominación: Dependencia:

Operario Donde esté ubicado el cargo

Código Grado NIVEL Auxiliar
5300 15, 09, 07

No. De cargos Cargo del Jefe Inmediato:

15(6), 09 (27), 07 (6) Quien ejerza funciones de supervisión directa 


II. FINALIDAD Y DESCRIPCIÓN FUNCIONES

FINALIDAD

Brindar el apoyo en la gestión técnica y administrativa que requieran las dependencias, el manejo de información, la atención al público y las comunicaciones internas o externas que le sean requeridas.

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES GENERALES

1. Recibir, revisar, clasificar, radicar, distribuir y controlar documentos, datos, elementos y correspondencia, relacionados con los asuntos de competencia de la entidad.

2. Apoyar a los servidores públicos de la dependencia, en la organización de materiales, equipos, instalaciones y demás aspectos que se requieran para la celebración -de actividades propias del área.

3. Informar oportunamente al superior inmediato sobre daños y/o anomalías que se presenten en el funcionamiento de los equipos y en el desarrollo de sus labores.

4. Colaborar con el superior inmediato en la revisión y ejecución de las labores que se realicen en la dependencia.

5. Desempeñar funciones de oficina y asistencia administrativa encaminados a facilitar el desarrollo y ejecución de las actividades del área de desempeño.

6. Suministrar información, documentos o elementos que sean solicitados, de conformidad con los trámites, autorizaciones y procedimientos establecidos.

7. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área del desempeño del empleo.
 

  

III. REQUISITOS 

  

EDUCACIÓN: 5300-15. Aprobación de cuatro (4) años de educación básica secundaria.
5300-09. Aprobación de tres (3) años de educación básica secundaria.
5300-07. Aprobación de dos (2) años.
 

EXPERIENCIA: 5300-15. Veinticuatro (24) meses de experiencia.
 

  

OPERARIO CALIFICADO 15 


1. Recibir, revisar, clasificar, radicar, distribuir y controlar documentos, datos, elementos y correspondencia, relacionados con los asuntos de competencia de la entidad.

2. Apoyar a los servidores públicos de la dependencia, en la organización de materiales, equipos, instalaciones y demás aspectos que se requieran para la celebración de actividades propias del área.

3. Informar oportunamente al superior inmediato sobre daños y/o anomalías que se presenten en el funcionamiento de los equipos y en el desarrollo de sus labores.

4. Colaborar con el superior inmediato en la revisión y ejecución de las labores que se realicen en la dependencia.

5. Desempeñar funciones de oficina y asistencia administrativa encaminados a facilitar el desarrollo y ejecución de las actividades del área de desempeño.

6. Suministrar información, documentos o elementos que sean solicitados, de conformidad con los trámites, autorizaciones y procedimientos establecidos.

7. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área del desempeño del empleo.
 

  

OPERARIO CALIFICADO 9 


1. Recibir, revisar, clasificar, radicar, distribuir y controlar documentos, datos, elementos y correspondencia, relacionados con los asuntos de competencia de la entidad.

2. Apoyar a los servidores públicos de la dependencia, en la organización de materiales, equipos, instalaciones y demás aspectos que se requieran para la celebración de actividades propias del área.

3. Informar oportunamente al superior inmediato sobre daños y/o anomalías que se presenten en el funcionamiento de los equipos y en el desarrollo de sus labores.

4. Desempeñar funciones de oficina y asistencia administrativa encaminados a facilitar el desarrollo y ejecución de las actividades del área de desempeño.

5. Suministrar información, documentos o elementos que sean solicitados, de conformidad con los trámites, autorizaciones y procedimientos establecidos.

6. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área del desempeño del empleo.
 

  

OPERARIO CALIFICADO 7 


1. Recibir, revisar, clasificar, radicar, distribuir y controlar documentos, datos, elementos y correspondencia, relacionados con los asuntos de competencia de la entidad.

2. Apoyar a los servidores públicos de la dependencia, en la organización de materiales, equipos, instalaciones y demás aspectos que se requieran para la celebración de actividades propias del área.

3. Informar oportunamente al superior inmediato sobre daños y/o anomalías que se presenten en el funcionamiento de los equipos y en el desarrollo de sus labores.

4. Desempeñar funciones de oficina y asistencia administrativa encaminados a facilitar el desarrollo y ejecución de las actividades del área de desempeño.

5. Las demás que le sean asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área del desempeño del empleo. 


ARTÍCULO 2o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. 

Dada en Bogotá, D. C., a los 9 OCT. 2002 

  

BEATRÍZ LONDOÑO SOTO 

Directora General