RESOLUCION4682012201207 script var date = new Date(10/07/2012); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL número MINISTERIO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIOPor la cual se adoptan las coordenadas del Proyecto de Regulación del Rio Tona- Embalse de Bucaramanga declarado de Interés Nacional por el Decreto no. 1463 de 2012.VigentefalsefalseVivienda, Ciudad y Territoriofalsefalsefalse10/07/2012

DIARIO OFICIAL número

RESOLUCIÓN 468 DE 2012

(julio 10)

Por la cual se adoptan las coordenadas del Proyecto de Regulación del Rio Tona- Embalse de Bucaramanga declarado de Interés Nacional por el Decreto no. 1463 de 2012.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

EL MINISTRO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO 

  

En ejercicio de sus facultades legales ,y en especial las conferidas por los artículos 57 y 59 de la Ley 489 de 1998; y en desarrollo del artículo 119 de la Ley 1450 de 2011, y en concordancia con el artículo 1 del Decreto 1463 del 5 de Julio de 2012, y 

CONSIDERANDO: 

  

Que el Consejo Nacional de Política Económica y Social del Departamento Nacional de Planeación expidió el CONPES 3614 del 28 de septiembre de 2009 declaró “DE MPORTANCIA ESTRATEGIA DEL “APOYO FINANCIERO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO DE REGULACIÓN EMBALSE DE BUCARAMANGA”, incluyó dentro de las políticas nacionales relacionadas con la disminución del porcentaje de la población sin acceso a agua potable y a las metas de los Objetos de Desarrollo del Milenio. 

  

Que de acuerdo con el citado documento el Proyecto de Regulación del Embalse de Bucaramanga, en el Departamento de Santander, permitirá crear una reserva de agua para los municipios de Bucaramanga, Flroridablanca y Girón, solucionando así los inconvenientes de abastecimiento en el mediano y largo plazo, y atendiendo la demanda prevista hasta el año 2032. 

  

Que dicho proyecto fue viabilizado por el Ministerio en el Comité Técnico 51 del Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico del 10 de Noviembre de 2009. 

  

Que el Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial hoy Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio mediante Resolución No. 2229 del 11 de noviembre de 2009, modificada por la Resolución No. 1341 de Julio de 2010, asignó en forma definitiva cuarenta y cinco mil dos millones doscientos doce mil pesos m/l (45.462.212.000) con cargo al proyecto denominado “APOYO FINANCIERO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO DE REGULACIÓN EMBALSE DE BUCARAMANGA” 

  

Que el 13 de Noviembre de 2009 se firmó Convenio Interadministrativo No. 110 de Uso de Recursos entre el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial hoy Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el municipio de Bucaramanga. 

  

Que mediante comunicado No. 8304 de 2004 del Ministerio de Interior la Dirección de Etnias en comunicación dirigida al representante legal de la Empresa de Acueducto de Bucaramanga S.A. E.S.P señaló que no se registraban comunidades indígenas ni afrodescendientes en el Departamento de Santander. 

  

Que el Decreto No. 1463 del 5 de julio de 2012 declaro de Interés Nacional el Proyecto de Regulación del Río Tona-Embalse de Bucaramanga, ubicado a 12 kilómetros del casco urbano de ese municipio, 600 metros aguas arriba de la confluencia de los ríos Tona y Suratá, en el sitio conocido como Puente Tona. 

  

Que el parágrafo primero del artículo 1° del citado Decreto, facultó al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para efectuar la delimitación geográfica del Proyecto, información que fue solicitada por el Ministerio de Acueducto Metropolitano de Bucaramanga S.A E.S.P., quien mediante radicado 4120-E1-38436 de fecha 5 de julio de 2012 allegó los datos requeridos 

  

Que por lo expuesto; 

  

RESUELVE 


ARTÍCULO 1. Adoptar la delimitación geográfica del proyecto de Regulación del río Tona-Embalse de Bucaramanga, el cual se encuentra delimitado por las siguientes coordenadas: 

 

 


ARTÍCULO 2. Remitir copia del presente acto administrativo al Servicio Geológico Colombiano dentro de los tres (3) días siguientes a su expedición, para su respectiva incorporación en el Catastro Minero. 


ARTÍCULO 3. Comunicar la presente resolución al Acueducto Metropolitano de Bucaramanga S.A. E.S.P., para lo de su competencia. 


ARTÍCULO 4. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su fecha de expedición. 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 

  

  

  

Dada en Bogotá D.C., a los 10 de julio de 2012 

  

  

Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio 

GERMÁN VARGAS LLERAS.