DIARIO OFICIAL. AÑO CXLVII No. 48139. 23, JULIO, 2011. PAG. 15
RESOLUCIÓN 237 DE 2011
(marzo 24)
por la cual se establece el número mínimo de clubes deportivos para conformar la Federación Colombiana de Chalanería.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
El Director General del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, en ejercicio de sus facultades legales, estatutarias y en especial la conferida eh el artículo 3° de la Ley 494 de 1999, y
CONSIDERANDO:
a) Que el artículo 11 del Decreto-ley 1228 de 1995 establece: “Las federaciones deportivas nacionales son organismos de derecho privado, constituidas como asociaciones o corporaciones por un número mínimo de ligas deportivas o asociaciones deportivas departamentales o del Distrito Capital o de ambas clases, para fomentar, patrocinar y organizar la práctica de un deporte y sus modalidades deportivas dentro del ámbito nacional e impulsarán programas de interés público y social.
Las federaciones deportivas adecuarán su estructura orgánica para atender el deporte aficionado y el deporte profesional separadamente, y tendrán a su cargo el manejo técnico y administrativo de su deporte en el ámbito nacional y la representación internacional del mismo”.
b) Que el artículo 1° de la Ley 494 de 1999, modificó el artículo 11 del Decreto-ley 1228 de 1995, en el sentido de que las Federaciones Deportivas Nacionales también puedan estar constituidas por clubes deportivos, cuando cumplan alguna de las condiciones allí establecidas.
c) Que la Federación Nacional Colombiana de Asociaciones Equinas “Fedequinas”, manifiesta al Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, el interés de constituir la Federación Colombiana de Chalanería a través de clubes deportivos, teniendo en cuenta que, no cuentan con los escenarios deportivos especializados para la práctica del deporte de chalanería.
d) Que a la solicitud de la Federación Nacional Colombiana de Asociaciones Equinas “Fedequinas”, se anexaron los reconocimientos deportivos de los siguientes clubes deportivos: Club Deportivo Guadalupe de Manizales, Club Deportivo de Chalanería “El Rinconcito” de Fusagasugá, Club Deportivo Guadalupe Montería de Montería, Club Deportivo Santa María de las Lomas de Manizales y Club Deportivo de la Empresa Club de Chalanería y Equinoterapia El Juncal de la Estrella Antioquia.
e) Que a la solicitud de la Federación Nacional Colombiana de Asociaciones Equinas “Fedequinas”, se anexaron certificaciones expedidas por la Secretaría de Deporte, Recreación y Cultura de Risaralda, la Coordinación del Grupo de Promoción y Desarrollo Deportivo de Inder Santander, Indeportes Antioquia, Secretaría de Deporte y Recreación de Caldas, Indeportes Boyacá, Indeportes Córdoba, Indeportes Cundinamarca e Indeportes Quindío, en las cuales se establece que en dichos departamentos no existen escenarios deportivos para la práctica del deporte de chalanería, comprobándose de esta manera, el cumplimiento de una de las condiciones prevista en el artículo 3° de la Ley 494 de 1999, para que la federación se constituya por clubes deportivos.
f) Que en virtud de lo expuesto, la Subdirección Técnica del Sistema Nacional y Proyectos Especiales emite concepto técnico el 26 de noviembre de 2010, en el cual se establece la viabilidad de conformar la Federación Colombiana de Chalanería con un mínimo de cinco (5) clubes deportivos.
g) Que el Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, como máximo organismo planificador, rector y coordinador del Sistema Nacional del Deporte para la realización de sus objetivos debe promocionar, fomentar y difundir la práctica del deporte, velando porque se cumplan las disposiciones legales y estatutarias.
Por las consideraciones expuestas,
RESUELVE:
Artículo 1°. La Federación Colombiana de Chalanería, estará constituida como una asociación o una corporación, por un número mínimo de cinco (5) clubes deportivos con reconocimiento deportivo vigente.
Artículo 2°. El Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, revisará el número mínimo de los clubes deportivos que se fijan en la presente resolución dentro del año siguiente a su expedición, con el fin de constatar que el reflejo de la conformación de la Federación Colombiana de Chalanería, esté acorde con el desarrollo deportivo de ese deporte.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
El Director General,
Jairo Clopatofsky Ghisays.