LEY631917191711 script var date = new Date(23/11/1917); document.write(date.getDate()); script falsefalseBogotá, viernes 23 de Noviembre de 1917, Diario Oficial 16250por la cual se aclara y adiciona la Ley 30 de 1916falsefalsefalsefalsefalse23/11/191716250

Bogotá, viernes 23 de Noviembre de 1917, Diario Oficial 16250

LEY 63 DE 1917

(noviembre 23)

por la cual se aclara y adiciona la Ley 30 de 1916

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El Congreso de Colombia decreta: 

  


Artículo 1° En Ia cesión de que trata la Ley 30 de 1916 quedan comprendidos todos los aparatos y demás elementos que constituían la planta eléc­trica que funcionó en los cuarteles de San Agustin, de esta ciudad, de acuerdo con el inventario que reposa en el Ministerio de Guerra . 


Artículo 2° De la cesión a que se refiere el artí­culo precedente quedan excluidos el motor y demás elementos que prestan servicio en la Escuela Central de Artes y Oficios, para la cual se destinan en lo sucesivo. 

  

Esta Ley regirá desde su sanción . 

  

Dada en Bogotá, a diez y seis de noviembre de mil novecientos diez y siete . 

  

El Presidente del Senado 

Jorge HOLGUIÑ 

  

EI Presidente de la Cámara de Representantes, 

Luis CUERVO MARQUEZ 

  

El Secretario del Senado, 

Julio D Portocarrero 

  

El Secretario de la Cámara de Representantes, 

Fernando Restrepo Briceño. 

  

Poder Ejecutivo-Bogotá noviembre 20 de 1917 . 

  

Publquese y ejecútese 

  

JOSE VICENTE CONCHA 

  

El Ministro de Hacienda 

Tomás Suri Salcedo