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LEY721876187606 script var date = new Date(23/06/1876); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XIII N. 3777. 29, JUNIO, 1876. PAG. 4157.Por la cual se concede pensión vitalicia a la viuda del Capitán José María SequeiraVigentefalsefalsefalsefalseLEY ORDINARIAfalse29/06/187623/06/187629/06/1876377741571

DIARIO OFICIAL. AÑO XIII N. 3777. 29, JUNIO, 1876. PAG. 4157.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 72 DE 1876

(junio 23)

Por la cual se concede pensión vitalicia a la viuda del Capitán José María Sequeira

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de los Estados Unidos de Colombia 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el Capitan José María Sequeira comenzó a servir a la causa de la independencia desde 1813; 

  

Que, prisionero del ejército español en 1816, permaneció en esa condición por cuatro años, i restablecido a las filas republicanas, fue destinado en 1823 a la campaña del Perú, que hizo hasta la rendición del Callao en 1826; 

  

Que hallándose pobre la viuda de este antiguo patriota, la República debe dispensarle su protección, 

  

DECRETA: 


Artículo único. Concédese a la señora Francisca Forero de Sequeira la pension vitalicia de veinticinco pesos mensuales, que le será pagada como las de los militares de la independencia, i de la cual disfrutará mientras permanezca viuda. 

  

Dada en Bogotá, a veinte de junio de mil ochocientos setenta i seis. 

  

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios, 

  

JOAQUIN M. VENGOECHEA. 

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

JACINTO CORREDOR. 

  

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios, 

  

Julio E. Pérez. 

  

El secretario de la Cámara de Representantes, 

  

Adolfo Cuéllar. 

  

Bogotá, 23 de junio de 1876. 

  

Publíquese i ejecútese. 

  

El Presidente de la Union, 

  

(L. S.) AQUILEO PARRA. 

  

El Secretario del Tesoro i Crédito nacional, 

  

LUIS A. RÓBLES.