DIARIO OFICIAL. AÑO XIII N. 3935. 12, MAYO, 1877. PAG. 4767.
LEY 34 DE 1877
(mayo 07)
Que concede una pensión a la señora María Francisca de la Torre i a su hija María Solarte
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
CONSIDERANDO:
1.º Que la señora María Francísca de la Torre i su hija María Solarte, son viuda e hija del Subteniente Manuel E. Solarte, muerto en el mes de agosto de 1861, en el hospital de San Juan de Dios, por consecuencia de una herida que recibió el 18 de julio del mismo año, en la toma de Bogotá; i
2.º Que después de llevar una vida mui pobre, observan buena conducta moral; i son acreedoras, por lo tanto, a que el Gobierno les conceda lo que se les ofreció por el decreto de 29 de agosto de 1861,
DECRETA:
Artículo 1.º Asígnase a la señora María Francisca de la Torre, i a su hija María Solarte, la suma de veinte pesos mensuales ($ 20) divisibles entre las dos, durante su viudez i soltería respectivamente, como a esposa e hija del Subteniente Manuel E. Solarte.
Artículo 2.º Los gastos que demande la ejecución de la presente lei, se tendrán como incluidos en el respectivo Presupuesto.
Dada en Bogotá, a tres de mayo de mil ochocientos setenta i siete.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,
JERMAN VÁRGAS
El Presidente de la Cámara de Representantes,
JUAN J. MIRÓ
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,
Tomas Rodrígez Pérez.
El secretario de la Cámara de Representantes,
Adolfo Cuéllar.
Bogotá, 7 de mayo de 1877.
Publíquese i ejecútese.