DIARIO OFICIAL. AÑO XXIV. N. 7545. 6, OCTUBRE, 1888. PÁG 1.
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LEY 77 DE 1888
(octubre 05)
por la cual se da público testimonio de gratitud hacia el Escmo Sr. Dr. Rafael Núñez
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Art 1.° El Cuerpo Legislativo, a nombre del Pueblo colombiano, presenta al Excmo. Sr. Dr Rafael Núñez el homenaje de gratitud y admiración á que se ha hecho acreedor como Magistrado y publicista, como iniciador intrépido y caudillo afortunado de la Regeneración nacional.
Art 2.° El Excmo. Sr Núñez tendrá, durante su vida, las prerrogativas y preeminencias de honor y dignidad que acompañan el ejercicio del mando supremo en la Republica.
Art 3.° Señalase al Excmo. Sr Núñez una asignación anual de treinta mil pesos ($30000), que recibirá en todo tiempo y cualquiera que sea el lugar de su residencia; pero cuando ejerza el Poder Ejecutivo o cualquiera otro cargo público que tenga señalado mayor sueldo, disfrutara de este únicamente, y si fuere menor, se entenderá elevado a la suma que fija esta Ley.
Dada en Bogotá, a cuarto de Octubre de mil ochocientos ochenta y ocho.
El Presidente del Senado, J. A. pardo - El Presidente de la Cámara de Representantes, FELIPE SORZANO - El Secretario del Senado, Diego Rafael de Guzmán. El Secretario de la Cámara de Representantes, Salvador Franco.
Gobierno Ejecutivo - Bogotá, Octubre 5 de 1888.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.)CARLOS HOLGUÍN.
El Ministro de Gobierno,
JOSÉ DOMINGO OSPINA C.