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LEY271887188702 script var date = new Date(18/02/1887); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO. XXIII. N 6966. 26, FEBRERO, 1887. PÁG. 1.CONSEJO NACIONAL DE LEGISLATIVOQue adiciona y reforma la 87 de 1886Vigencia en EstudiofalsefalseComercio, Industria y TurismofalseComercialfalseLEY ORDINARIAfalse26/02/188726/02/188769662251

DIARIO OFICIAL. AÑO. XXIII. N 6966. 26, FEBRERO, 1887. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 27 DE 1887

(febrero 18)

Que adiciona y reforma la 87 de 1886

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Consejo Nacional Legislativo 

  

DECRETA: 

  


Art. 1° Derógase el artículo 17 de la ley 87 de 1886. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Art. 2° Desde la promulgación de la presente ley, quedan abolidos los privilegios concedidos á Bancos particulares de cualquier clase. 

  


Art. 3° Los Bancos que ocho días después de publicada la presente ley en la respectiva localidad, no hayan fijado avisos (con carácter de permanentes); en que se anuncie al público que admiten los billetes del Banco Nacional como moneda legal, en todas sus operaciones, quedarán incapacitados para verificar otras que no sean las conducentes á su inmediata liquidación. 

  

Dada en Bogotá, á diez y seis de Febrero de mil ochocientos ochenta y siete. 

  

El Presidente, Juan De D. Ulloa El Vicepresidente, José María Rubio Frade El Secretario, Manuel Brigard El Secretario, Roberto de Narváez. 

  

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 18 de Febrero de 1887. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

(L. S.) ELISEO PAYAN. 

  

El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho del Tesoro, 

  

Carlos Martínez Silva.