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LEY1921936193612 script var date = new Date(01/12/1936); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXII. N. 23368. 26, DICIEMBRE, 1936. PÁG. 6.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se concede pensión a los miembros de la Banda Nacional de BogotáDEROGADOfalsefalseTrabajofalsePensionesLEY ORDINARIANorma no vigente por derogatoria orgánica de la Ley 29 de 193926/12/193601/01/194001/12/1936233687906

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXII. N. 23368. 26, DICIEMBRE, 1936. PÁG. 6.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 192 DE 1936

(diciembre 01)

Por la cual se concede pensión a los miembros de la Banda Nacional de Bogotá

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º. Los miembros de la Banda de Música Nacional de Bogotá gozarán del derecho a solicitar pensión en los mismos términos y mediante las mismas condiciones que los miembros de las bandas de música militares, conforme a las leyes existentes sobre la materia. 

  


Artículo 2º. El Consejo de Estado será competente para conocer de estas solicitudes, para lo cual dictará la reglamentación que estime necesaria, en forma de defender los derechos del Estado y los de los individuos. 

  


Artículo 3º. Esta Ley regirá desde su sanción. 

  

Dada en Bogotá a trece de noviembre de novecientos treinta y seis. 

  

El Presidente del Senado, RICARDO ECHEVERRI FERRER.- El Presidente de la Cámara de Representantes, LUIS BUSTAMANTE. El Secretario del Senado, Rafael Campo A.- El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo. 

  

Poder Ejecutivo- Bogotá, diciembre 1º de 1936 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

ALFONSO LOPEZ 

  

El Ministro de Educación Nacional, encargado del Despacho de Gobierno, 

  

Darío ECHANDIA 

  

El Ministro de Guerra, 

  

Plinio MENDOZA NEIRA