DIARIO OFICIAL. AÑO LV. N. 16943. 7, NOVIEMBRE, 1919. PÁG. 1.
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LEY 51 DE 1919
(noviembre 05)
por la cual se fomenta la Universidad de Nariño y se auxilian algunos establecimientos oficiales de educación
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
decreta:
Artículo 1° Elévase a quinientos pesos ($ 500) la subvención mensual que del Tesoro de la Nación recibe la Universidad de Nariño.
Artículo 2° Para la reconstrucción del local de la misma, concédese un auxilio de diez mil pesos ($10,000) pagaderos por cuotas mensuales de quinientos pesos ($500).
Artículo 3° La subvención de que trata el artículo 1° se destinará preferentemente al establecimiento de la Facultad de Agricultura y demás industrias, de acuerdo con las necesidades del Departamento.
Artículo 4° Las partidas que se erogan por virtud de la presente Ley se incluirán de preferencia en los Presupuestos de la próxima y de las subsiguientes vigencias.
Artículo 5° Las subvenciones nacionales que han venido recibiendo los Colegios que a continuación se expresan, serán las siguientes desde el 1° de enero de 1920:
| Colegio de San Pedro Claver, de Bucaramanga | $ | 4,500 |
| Colegio de Ocaña | 720 | |
| Colegio de San José, de Pamplona | 720 | |
| Colegio de San José, de Guanentá | 720 | |
| Colegio de varones, de Vélez | 720 | |
| Colegio Universitario, del Socorro | 720 | |
| Colegio de varones, de Zapatoca | 600 | |
| Colegio municipal de señoritas, de Málaga | 600 |
Dada en Bogotá a cuatro de noviembre de mil novecientos diez y nueve.
El Presidente del Senado, Ruperto MELO-El Presidente de la Cámara de Representantes, Sotero PEÑUELA-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 5 de 1919.
Publíquese y ejecútese.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Instrucción Pública, Miguel ABADIA MENDEZ.
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