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LEY1591938193811 script var date = new Date(15/11/1938); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXIV. N. 23930. 22, NOVIEMBRE, 1938. PÁG. 01.CONGRESO DE LA REPÚBLICApor la cual la Nación contribuye a la construcción de una obraVigencia en EstudiofalsefalseVivienda, Ciudad y TerritoriofalseDesarrollo territorial|Gasto publicofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objeto.false22/11/193815/10/2014239304971

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIV. N. 23930. 22, NOVIEMBRE, 1938. PÁG. 01.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 159 DE 1938

(noviembre 15)

por la cual la Nación contribuye a la construcción de una obra

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA: 

  


ARTICULO 1° La Nación contribuye con la cantidad de ochenta mil pesos ($ 80,000.00) a la construcción de la carretera departamental que debe unir a la población de Toná con la ciudad de Bucaramanga. 

  


ARTICULO 2° La partida necesaria para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior, se incluirá en el Presupuesto de gastos de la vigencia próxima. 

  


ARTICULO 3° Autorízase al Gobierno para abrir el crédito correspondiente, caso de que la partida no fuere incorporada en el Presupuesto de gastos. 

  


ARTICULO 4°. Esta Ley regirá desde su sanción. 

  

Dada en Bogotá a siete de noviembre de mil novecientos treinta y ocho. 

  

El Presidente del Senado, JOSE JOAQUIN CAICEDO CASTILLA-El Presidente de la Cámara de Representantes, ALFONSO ROMERO AGUIRRE-El Secretario del Senado, Rafael Campo A. -El Secretario de la Cámara de Representantes, J. Alejandro Peralta. 

  

Órgano Ejecutivo-Bogotá, noviembre 15 de 1938. 

  

Publíquese y ejecútese 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos LLERAS RESTREPO 

  

El Ministro de Obras Públicas, 

  

Abel CRUZ SANTOS