DIARIO OFICIAL. AÑO XXXII. N. 10218. 25, DICIEMBRE, 1896. PÁG. 2.
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LEY 130 DE 1896
(noviembre 18)
por la cual se conceden dos auxilios
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Art. 1.° Destínase del Tesoro Nacional la suma de mil doscientos pesos ($ 1,200) anuales en oro, por el término de cuatro años, como auxilio al señor Narciso Garay para que adelante en el estudio del arte musical, en el Conservatorio de París ó en cualquiera otro de los europeos.
Señálase al señor Garay la suma de trescientos pesos ($ 300) en oro, como viáticos de ida.
Art. 2.° Las sumas de que habla el artículo anterior, se considerarán incluídas en el Presupuesto de Gastos de la vigencia en curso.
Art. 3.° Autorízase al Poder Ejecutivo para que determine la forma como el señor Narciso Garay habrá de recompensar, por su parte, a la República por la erogación que á favor de él se hace del Tesoro público.
Dada en Bogotá, á diez y seis de Noviembre de mil ochocientos noventa y seis.
El Presidente del Senado, RARAEL M. PALACIO -El Presidente de la Cámara de Representantes, IGNACIO PALÁU -El Secretario del Senado, Camilo Sánchez-El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 18 de Noviembre de 1896.-Publíquese y ejecútese.- (L. S.) M. A. CARO. El Ministro de Instrucción Pública, RAFAEL M. CARRASQUILLA, Pbro.