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LEY1191888188811 script var date = new Date(23/11/1888); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XXIV. N. 7610. 28, NOVIEMBRE, 1888. PÁG. 1.CONGRESO DE COLOMBIApor la cual se concede una recompensaVigencia en EstudiofalsefalseDefensa NacionalfalseFuerza publicafalseLEY ORDINARIAfalse28/11/188828/11/1888761013851

DIARIO OFICIAL. AÑO XXIV. N. 7610. 28, NOVIEMBRE, 1888. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 119 DE 1888

(noviembre 23)

por la cual se concede una recompensa

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

En atención á los notables é importantes servicios prestados á la República en distinta ocasiones por el General D. Francisco de Paula Madriñán; á su completa invalidez por causa de heridas recibidas en los campos de batalla, y á la vida de privaciones que lleva en su ancianidad, 

  

DECRETA

  


Art. 1.° Concédese al general D. Francisco de Paula Madriñan, por una sola vez, una recompensa de ocho mil pesos ($ 8,000). 

  


Art. 2.° Esta suma se tendrá por incluída en el Presupuesto de Gastos de la vigencia económica de 1889 á 1890. 

  

Dada en Bogotá, á diez y seis de Noviembre de mil ochocientos ochenta y ocho. 

  

El Presidente del Senado, J. A.PARDO-El Presidente de la Cámara de Representantes, Manuel J. Ortiz. D.-El Secretario del Senado, D. R. de Guzmán-El Secretario de la Cámara de Representantes, Salvador Franco. 

  

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Noviembre 23 de 1888. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

(L. S.) CARLOS HOLGUÍN. 

  

El Ministro del Tesoro, 

  

CARLOS MARTÍNEZ SILVA