DIARIO OFICIAL. AÑO L. N. 15368. 15, DICIEMBRE, 1914. PÁG. 1.
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LEY 112 DE 1914
(diciembre 12)
por la cual se concede un auxilio
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo único. Concédase mi auxilio de sesenta pesos ($ 60) mensuales al Asilo para señoras pobres, de esta ciudad.
Parágrafo. La partida necesaria para atender a este auxilio será incluida en los respectivos Presupuestos.
Dada en Bogotá a diez de diciembre de mil novecientos catorce.
El Presidente del Senado.
MANUEL. DAVILA FLOREZ
El Presidente de la Cámara de Representantes,
R. QUIJANO GOMEZ
El Secretario del Senado,
Miguel A. Peñaredondo
El Secretario de la Cámara de Represen
Fernando Restrepo Briceño
Poder Ejecutivo Bogotá diciembre 12 de 1914
Publíquese y ejecútese.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno,
MIGUEL ABADIA MENDEZ