LEY1061887188706 script var date = new Date(15/06/1887); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XXIII. N. 7078. 18, JUNIO, 1887. PÁG. 1.CONSEJO NACIONAL LEGISLATIVOque concede una recompensa a la viuda e hijos del Sargento Mayor Sr. Agustín GriegoVigencia en EstudiofalsefalseDefensa NacionalfalseFuerza publica|Gasto publicofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse18/06/188718/06/188770786731

DIARIO OFICIAL. AÑO XXIII. N. 7078. 18, JUNIO, 1887. PÁG. 1.

LEY 106 DE 1887

(junio 15)

que concede una recompensa a la viuda e hijos del Sargento Mayor Sr. Agustín Griego

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Consejo Nacional Legislativo, 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el Sargento Mayor, Sr. Agustín Griego, murió en Barranquilla el día 11 de Febrero de 1885, en el combate que tuvo lugar allí en la citada fecha, y que su viuda é hija han quedado en la pobreza y sin apoyo, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Concédese á la señora Lorenza R. de Griego y á su hija Encarnación, viuda y huérfana respectivamente del Sargento Mayor Sr. Agustín Griego, la recompensa de mil doscientos pesos ($1.200) por una sola vez, que le será pagada íntegramente y en moneda legal. 

  

Dada en Bogotá, á catorce de Junio de mil ochocientos ochenta y siete. 

  

El Presidente, VICENTE RESTREPO- El Vicepresidente, JOSÉ M. RUBIO FRADE -Los Secretarios, Manuel Brigard-Roberto de Narváez. 

  

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, 15 de Junio de 1887. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

(L.S.) RAFAEL NUÑEZ. 

  

El Ministro del Tesoro, 

  

CARLOS MARTÍNEZ SILVA