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LEY1041876187607 script var date = new Date(05/07/1876); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XII. N. 3790. 14, JULIO, 1876. PÁG. 1CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIAQue reconoce i manda pagar un créditoDEROGADOfalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseCrédito público y endeudamientofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objeto.false14/07/187603/03/202105/07/1876379042091

DIARIO OFICIAL. AÑO XII. N. 3790. 14, JULIO, 1876. PÁG. 1

ÍNDICE [Mostrar]

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

LEY 104 DE 1876

(julio 05)

Que reconoce i manda pagar un crédito

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El congreso de los Estados Unidos de Colombia 

  

decreta: 

  


Artículo 1.° Derogado 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Articulo 2.º Derogado 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]


Dada en Bogotá, a treinta de junio de mil ochocientos setenta i seis 

  

El Presidente del Senado Plenipotenciarios, 

  

Joaquin M. Vengoechea

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

Florentino Vezga. 

  

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios, 

  

J. M. Quijano Otero

  

El Secretario de la Cámara de Representantes, 

  

Adolfo Cuéllar

  

Bogotá, 5 de julio de 1876. 

  

Publíquese i ejecútese 

  

El Presidente de la Union, 

  

(L.S.) AQUILEO PARRA

  

El Secretario del Tesoro i Crédito nacional, 

  

Luis A Róbles