DIARIO OFICIAL. AÑO XCV. N. 29860. 26, ENERO, 1959. PÁG. 2.
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LEY 98 DE 1958
(diciembre 31)
Por la cual se decreta un auxilio a la Liga Antituberculosa Colombiana, Comité Departamental de Cartagena
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1°. Destínase la suma de ciento setenta y cinco mil pesos ($175.000.00) para auxiliar a la Liga Antituberculosa Colombiana, Comité Departamental de Cartagena.
ARTICULO 2°. El Gobierno Nacional entregará la suma a que se refiere el artículo anterior a la Corporación Proveedora de Instituciones de Asistencia Social (CORPAL), entidad que se encargará de cancelar la deuda que a su favor tiene la Liga Antituberculosa de Colombia, Comité Departamental de Cartagena.
Parágrafo. Cancelada la deuda a cargo de la Liga Antituberculosa Colombiana, Comité Departamental de Cartagena, a favor de la Corporación Proveedora de Instituciones de Asistencia Social (CORPAL), la corporación enviará a la Liga, en Cartagena, equipos y medicinas hasta completar la totalidad del auxilio decretado en la presente Ley.
ARTICULO 3°. Inclúyase el auxilio citado en el Presupuesto Nacional en el Capítulo 296, artículo 3173, del Ministerio de Salud División de Tuberculosis, de la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero a 31 de diciembre de 1959.
ARTICULO 4°. Se autoriza al Gobierno Nacional para que efectúe las apropiaciones y traslados en el Presupuesto Nacional, necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.
Dada en Bogotá D.E. a diez y seis de diciembre de mil novecientos cincuenta y ocho
El Presidente del Senado,
DIEGO TOVAR CONCHA
El Presidente de la Cámara de Representantes,
ENRIQUE PARDO PARRA
El Secretario del Senado,
Jorge Manrique Terán
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Luis Alfonso Delgado
República de Colombia-Gobierno Nacional.
Bogotá, D.E., treinta y uno de diciembre de mil novecientos cincuenta y ocho.
Publíquese y ejecútese.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de fomento, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,
Rafael Delgado Barreneche.
El Ministro de Salud Pública,
Alejandro Jiménez Arango.