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LEY801887188705 script var date = new Date(23/05/1887); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XXIII. N. 7060. 31, MAYO, 1887. PÁG. 1.CONSEJO NACIONAL LEGISLATIVOque reconoce y manda pagar un créditoVigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseGasto publicofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse31/05/188731/05/188770606011

DIARIO OFICIAL. AÑO XXIII. N. 7060. 31, MAYO, 1887. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 80 DE 1887

(mayo 23)

que reconoce y manda pagar un crédito

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Consejo Nacional Legislativo 

  

DECRETA

  


Art. 1º Reconócese á favor de los hijos legítimos del finado Dr. Rufino Vega, Sres. Guillermo, Zoraida y Celia Vega, y á cargo del Tesoro de la Nación, la cantidad de cinco mil setecientos noventa y seis pesos ($5.796) por capital é intereses de la suma que la Caja del Ejército del Sur, en 1860, quedó á deber al citado Dr. Vega, por suministros hechos para el sostenimiento de dicho Ejército. 

  


Art. 2º La suma que se reconoce por el artículo anterior se considerará incluída en el Presupuesto de Gastos para la actual vigencia económica. 

  

Dada en Bogotá, á veintitrés de Mayo de mil ochocientos ochenta y siete. 

  

El Presidente, M. A. Caro-El Vicepresidente, José M. Rubio Frade-Los Secretarios, Manuel Brigard-Roberto de Narváez. 

  

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Mayo 23 de 1887. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

(L. S.) ELISEO PAYAN. 

  

El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho del Tesoro, 

  

Carlos Martínez Silva.