Lectura de documento:

Curso SUIN-Juriscol


Inscripciones abiertas

Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad

Inscripciones abiertas

Curso Calidad Normativa


Inscripciones abiertas
LEY791947194712 script var date = new Date(24/12/1947); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIII. N. 26620. 8, ENERO, 1948. PÁG. 4.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se auxilia al Colegio Pío XX, de Salamina(Caldas)Vigencia en EstudiofalsefalseVivienda, Ciudad y TerritoriofalseDesarrollo territorial|Educación|Gasto publicofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse08/01/194824/12/194726620524

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIII. N. 26620. 8, ENERO, 1948. PÁG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 79 DE 1947

(diciembre 24)

Por la cual se auxilia al Colegio Pío XX, de Salamina(Caldas)

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


ARTICULO 1.º Auxíliase con la suma de setenta mil pesos ($ 70.000) el Colegio Pío XII, de Salamina (Caldas), cuya construcción se adelanta en dicha ciudad. 

  


ARTICULO 2.º Destinase la suma de cinco mil pesos ($ 5.000) anuales para atender al sostenimiento y dotación de este Colegio de segunda enseñanza. 

  


ARTICULO 3.º Estas sumas se incluirán en los próximos Presupuestos, y el Gobierno queda facultado para abrir los créditos que fueren necesarios para el cumplimiento de esta Ley. 

  


ARTICULO 4.º Esta Ley regirá desde su sanción. 

  

Dada en Bogotá a trece de diciembre de mil novecientos cuarenta y siete. 

  

El Presidente del Senado, alonso aragon quintero. El Presidente de la Cámara de Representantes, juan b. barrios-El Secretario del Senado, Carlos V. Rey-El Secretario de la Cámara de Representantes, Ignacio Amarís G. 

  

República de Colombia-Gobierno Nacional-Bogotá, diciembre veinticuatro de mil novecientos cuarenta y siete. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

mariano ospina perez 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, J M. BERNAL. El Ministro de Guerra, f. lozano y lozano--El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio andrade.