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LEY791941194111 script var date = new Date(17/11/1941); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24817. 20, NOVIEMBRE, 1941. PÁG. 1.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se reconoce recompensa de retiro por excedencia a los trabajadores del Ferrocarril de BarranquillaVigencia en EstudiofalsefalseFunción PúblicafalseLaboral administrativo|Prestaciones socialesfalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objeto.false20/11/194120/11/1941248176171

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24817. 20, NOVIEMBRE, 1941. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 79 DE 1941

(noviembre 17)

Por la cual se reconoce recompensa de retiro por excedencia a los trabajadores del Ferrocarril de Barranquilla

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


ARTICULO 1.° El Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales, reconocerá recompensa de retiro por excedencia a los trabajadores del Ferrocarril de Barranquilla que hayan sido despedidos de dicho Ferrocarril con posterioridad al primero (1°) de enero de 1939. Dicha recompensa de retiro se liquidara computando el tiempo de servicio en la Empresa por el respectivo trabajador, a partir de 1925, dentro de las normas que el Consejo tiene establecidas sobre el particular en las empresas que administra. 

  

PARAGRAFO. El Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales pagara las cesantías de que trata esta Ley en un término no mayor de seis meses, a partir de la promulgación de la presente Ley. 

  


ARTICULO 2 ° Esta ley regirá desde su promulgación. 

  

Dada en Bogotá, a seis de noviembre de mil novecientos cuarenta y uno. 

  

El Presidente del Senado, POMPILIO GUTIERREZ-El Presidente de la Cámara de Representantes, ENRIQUE OTERO D`COSTA-El Secretario del Senado, José Umaña Bernal-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez. 

  

Organo Ejecutivo-Bogotá, 17 de noviembre de 1941. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Trabajo Higiene y Previsión Social, 

  

José Joaquín CAICEDO CASTILLA 

  

El Ministro de Obras Públicas, 

  

José GOMEZ PINZON