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LEY761888188810 script var date = new Date(02/10/1888); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XXIV. N. 7545. 6, OCTUBRE, 1888. PÁG. 1.CONGRESO DE COLOMBIApor la cual se autoriza al Gobierno de la República para reconocer y pagar un créditoVigencia en EstudiofalsefalseDefensa NacionalfalseExplosivos e industria militar|Gasto publicofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse06/10/188806/10/1888754511251

DIARIO OFICIAL. AÑO XXIV. N. 7545. 6, OCTUBRE, 1888. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 76 DE 1888

(octubre 02)

por la cual se autoriza al Gobierno de la República para reconocer y pagar un crédito

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Art. 1.° Autorízase al Gobierno de la República para reconocer y pagar á los Sres. Isaac Brandon & Bros, ó á quien sus derechos represente en esta ciudad, hasta la suma de diez mil pesos ($10,000), valor de quinientos rifles que entregaron al Gobierno del extinguido Estado de Panamá, en calidad de depósito que no les fué devuelto. 

  


Art. 2.° Considérase incluida en el Presupuesto de Gastos de la actual vigencia económica la cantidad á que se refiere el artículo precedente. 

  

Dada en Bogotá, á veintinueve de Septiembre de mil ochocientos ochenta y ocho. 

  

El Presidente del Senado, J. A. PARDO - El Presidente de la Cámara de Representantes, Felipe Sorzano-El Secretario del Senado, Diego Rafael de Guzmán-El Secretario de la Cámara de Representantes, Salvador Franco. 

  

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Octubre 2 de 1888. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

(L. S.) CARLOS HOLGUÍN. 

  

El Ministro del Tesoro, 

  

CARLOS MARTÍNEZ SILVA