DIARIO OFICIAL. AÑO XVI. N. 4773. 31, JULIO, 1880. PÁG. 1.
ÍNDICE [Mostrar] |
LEY 76 DE 1880
(julio 27)
Que autoriza el pago de unos viáticos
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio. |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
CONSIDERANDO:
Que los señores Jerardo Ortega i Domingo J. González, elejidos Representantes por el Estado de Panamá, han hecho el viaje a la capital i no han podido concurrir a la Cámara por motivos independientes de su voluntad, que les son invencibles,
DECRETA:
Art 1.° A los señores Jerardo Ortega i Domingo J. González no se les exijirá la Devolucion de los viáticos de venida que recibieron, i el Poder-Ejecutivo ordenara el pago de los de regreso a Panamá.
Art 2.° El Poder Ejecutivo ordenará que el pago de los viáticos que se adeudan al Jeneral Fernando Sánchez, como Diputado a 1a Convencion de Rionegro, se haga a su viuda la señora Florencia Róbertson de Sanchez. i para ello se considerará incluido, en el Presupuesto la partida correspondiente.
Dada en Bogotá a veintiuno de julio de mil ochocientos ochenta.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,
M. m. Castro.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
Ricardo Nuñez
El secretario del Senado de Plenipotenciarios,
Julio E. Pérez
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Cárlos Cortes.
Poder Ejecutivo nacional.-Bogotá, 27 de julio de 1880
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L. S). RAFAEL NUÑEZ.
El Secretario del Gobierno,
José Araújo.