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LEY671909190912 script var date = new Date(16/12/1909); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLV. N. 13866. 20, DICIEMBRE, 1909. PÁG. 1.CONGRESO DE COLOMBIApor la cual se autoriza un gastoVigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseGasto publicofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse20/12/190920/12/1909138675931

DIARIO OFICIAL. AÑO XLV. N. 13866. 20, DICIEMBRE, 1909. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 67 DE 1909

(diciembre 16)

por la cual se autoriza un gasto

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA : 

  


Artículo 1.° Destínase la suma de diez y ocho mil pesos ($ 18,000) para los siguientes gastos : 

Para la estatua del Libertador Simón Bolívar en la galería del edificio para Oficina Internacional de las Repúblicas Americanas, cinco mil pesos$5,000
Para la estatua de Nariño en la galería del mismo edificio, Doce mil pesos12,000
Para la compra de obras históricas, literarias y científicas nacionales destinadas á la Biblioteca Colon, mil pesos1,000
Suma, diez y ocho mil pesos$18,000

Artículo 2.° La suma anterior se incluirá en el Presupuesto de Gastos de 1910, y el Poder Ejecutivo hará el gasto de la partida de cinco mil pesos ($5,000) siempre que los Gobiernos de Venezuela y Ecuador convengan en donar con Colombia la estatua del Libertador á la Oficina Internacional de las Repúblicas Americanas. 

  

Dada en Bogotá, á once de Diciembre de mil novecientos nueve. 

  

El Presidente del Senado, 

  

FRANCISCO MONTAÑA 

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

ANTONIO JOSÉ CADAVID 

  

El Secretario del Senado, 

  

Carlos Tamayo 

  

El Secretario de la Cámara de Representantes, 

  

Luis María Terán 

  

Poder Ejecutivo-Bogotá, Diciembre 16 de 1909. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

(L. S.) RAMON GONZALEZ VALENCIA 

  

El Ministro del Tesoro, 

  

ANTONIO JOSÉCADAVID