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LEY571894189411 script var date = new Date(16/11/1894); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO MDCCCXCIV. N. 9646, 5, DICIEMBRE 1894, PAG.1CONGRESO DE LA REPUBLICApor la cual se concede una recompensa ($ 600 al Capitán Julián Muñoz)Vigencia en EstudiofalsefalseDefensa NacionalfalseFuerza publicafalseLEY ORDINARIAfalse05/12/189405/12/1894964611691

DIARIO OFICIAL. AÑO MDCCCXCIV. N. 9646, 5, DICIEMBRE 1894, PAG.1

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 57 DE 1894

(noviembre 16)

por la cual se concede una recompensa ($ 600 al Capitán Julián Muñoz)

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso De Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1.° Concéderse por una sola vez, al Capitán Julián Muñoz, natural y vecino de Güián, una recompensa de seiscientos pesos ($600). 

  


Artículo 2.° Dicha cantidad se incluirá en el Presupuesto de Gastos de la vigencia próxima. 

  

Dada en Bogotá, á diez y seis de Noviembre de mil ochocientos noventa y cuatro. 

  

El Presidente Del Senado, ANTONIO ROLDÁN -El Presidente de la Cámara De Representantes, NARCISO GARCÍA MEDINA.-El Secretario Del Senado, Camilo Sánchez - El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda 

  

Gobierno Ejecutivo. Bogotá, 16 De Noviembre de 1894. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

(L.S.) M. A. CARO. 

  

El Ministro Del Tesoro, 

  

MIGUEL ABADÍA MÉNDEZ.