LEY561915191511 script var date = new Date(15/11/1915); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LI. N. 15645. 16, NOVIEMBRE, 1915. PÁG. 2.CONGRESO DE LA REPÚBLICAsobre créditos adicionales al Presupuesto de gastos de 1915Vigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsePresupuesto publicofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse16/11/191516/11/19151564515462

DIARIO OFICIAL. AÑO LI. N. 15645. 16, NOVIEMBRE, 1915. PÁG. 2.

LEY 56 DE 1915

(noviembre 15)

sobre créditos adicionales al Presupuesto de gastos de 1915

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


Artículo único. Abrese al Presupuesto de gastos de 1915 los siguientes créditos adicionales: 

  

Capítulo 30. 

  

Salinas (Personal) 

Artículo 240. Para pagar el sueldo eventual que devenguen los empleados de las Salinas terrestres de la República que estén por administración$1,03598

Capítulo 32 

  

Salinas (Material). 

  

Artículo 242. Para gastos de elaboración, explotación y otros, en las siguientes salinas, así: 

  

Zipaquirá 

Parágrafo 1. Para gastos de explotación y otros, inclusive carboneras$9,48039

Dada en Bogotá a doce de noviembre de mil novecientos quince. 

  

El Presidente del Senado, Marcelino ARANGO-El Presidente de la Cámara de Representantes, A. DULCEY-El Secretario del Senado, Carlos Tamayo. El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño. 

  

Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 15 de 1915. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

JOSE VICENTE CONCHA-El Secretario del Tesoro encargado del Despacho, Pedro BLANCO S.