DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIV. N. 26886. 4, DICIEMBRE, 1948. PÁG. 5.
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LEY 50 DE 1948
(noviembre 22)
Por la cual se establece el Colegio Nacional Custodio García Rovira en la ciudad de Málaga
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1° Establécese en la ciudad de Málaga un Colegio de Bachillerato, con destino a la enseñanza de varones, que se denominara Colegio Nacional "Custodio García Rovira".
ARTICULO 2° Dicho Instituto funcionará conforme a los reglamentos y estatutos que para la enseñanza secundaria tengan establecidos el Ministerio de Educación Nacional, y su organización y jerarquía serán las mismas que para los establecimientos de primera clase rigen en el país.
ARTICULO 3° El Colegio Nacional "Custodio García Rovira" tendrá edifico propio, con todas las dependencias que para sus aulas, laboratorios, biblioteca, deportes y demás servicios fueren necesarios.
PARAGRAFO. El Gobierno procederá inmediatamente a escoger y a adquirir el lote de terreno más adecuado, en la ciudad de Málaga para las edificaciones que fuere necesario hacer, y con tal objeto se destina la cantidad de doscientos mil pesos ($200.000), que se apropiaran en dos partidas iguales en las inmediatas vigencias próximas del Presupuesto Nacional de Gastos.
ARTICULO 4° El Colegio Nacional "Custodio García Rovira deberá comenzar sus tareas docentes en el año de 1949, y, con tal objeto, el Gobierno dará preferente atención a las obras que deban realizarse.
ARTICULO 5° El Gobierno Nacional queda autorizado para determinar el personal docente del Colegio Nacional "Custodio García Rovira", y para señalar las correspondientes asignaciones civiles.
Dada en Bogotá a diez y seis de noviembre de mil novecientos cuarenta y ocho.
El Presidente del Senado, CARLOS A. LOPEZ-El Presidente de la Cámara de Representantes, JORGE URIBE MARQUEZ-El Secretario del Senado, Carlos V. Rey-El Secretario de la Cámara de Representantes, Ignacio Amarís González.
República de Colombia-Gobierno Nacional-Bogotá, noviembre veintidós de mil novecientos cuarenta y ocho.
Publíquese y ejecútese.
MARIANO OSPINA PEREZ.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, JOSÉ MARÍA BERNAL-El Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO Y LOZANO-El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE.