DIARIO OFICIAL. AÑO LVII. N. 18026. 17, DICIEMBRE, 1921. PÁG. 2.
LEY 50 DE 1921
(diciembre 14)
que honra la memoria de un eximio ciudadano
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia,
considerando
Que el señor doctor don Rafael de Armas, natural del Departamento del Magdalena, honró a la tierra de su nacimiento con una vida toda de virtudes privadas, de integridad acrisolada y de espirito público, con los que sirvió a la Nación y al Departamento en que nació en cargos de elevada Jerarquía, ora como Magistrado, ya como Gobernador, siendo hasta su muerte modelo de abnegación y desinterés laudables,
decreta:
Artículo único. La República reconoce los merecimientos del insigne magdalenés doctor don Rafael de Armas, y presenta su nombre a las nuevas generaciones como de un modelo de buenos ciudadanos.
En la Sala de la Gobernación del Magdalena se colocará, un retrato del doctor De Armas, costeado por el Tesoro Nacional. Al pie del retrato se inscribirá mención de la Ley que lo decreta.
Dada en Bogotá a catorce de diciembre de mil novecientos veintiuno.
El Presidente del Senados Miguel M. TORRALVO-
El Presidente de la Cámara de Representantes, José Manuel MANJARRES-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, diciembre 16 de 1921.
Publíquese y ejecútese.
JORGE HOLGUIN-El Secretario de Gobierno, encargado del Despacho, Pablo A. RAMIREZ VALENCIA.