DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIII. N. 26616. 31, DICIEMBRE, 1947. PÁG. 3.
ÍNDICE [Mostrar] |
LEY 49 DE 1947
(diciembre 18)
Por la cual se establece el Colegio Nacional de Manzanares
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio. |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1° Créase, en el Municipio de Manzanares, Departamento de Caldas, un colegio de bachillerato, con destino a la enseñanza de varones, que se denominará "Colegio Nacional de Manzanares", y que funcionará de acuerdo con los pénsumes y prospectos que para esta clase de establecimientos existen dentro de la ley, y de conformidad con la reglamentación que el Ministerio de Educación Nacional le imponga. Este Colegio principiará a funcionar en el mes de febrero del próximo año de 1948.
PARAGRAFO. Mientras con fondos nacionales, adscritos al Ministerio de Educación Nacional para esta clase de planteles, se provee a la construcción del edificio con destino al Colegio que se crea, éste funcionara en local que ha de suministrar el Municipio de Manzanares. Autorízase al Gobierno para llenar los aspectos d orden administrativo y fiscal que sean necesarios para cumplir esta Ley.
Dada en Bogotá a cuatro de diciembre de mil novecientos cuarenta y siete.
El Presidente del Senado, ALONSO ARAGON QUINTERO. El Presidente de la Cámara de Representantes, JUAN B. BARRIOS-El Secretario del Senado, Carlos v. Rey-El Secretario de la Cámara de Representantes, Alejandro Vallejo.
República de Colombia-Gobierno Nacional-Bogotá, diciembre diez y ocho de mil novecientos cuarenta y siete.
Publíquese y Ejecútese.
MARIANO OSPINA PEREZ.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, J M BERNAL. El Ministro de Educación Nacional, Joaquín ESTRADA MONSALVE-El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE.